Boletín Oficial del Principado de Asturias · 28 Oct 2026 · 1 vistas
Asturias aprueba las normas de pesca continental para 2027 sin salmón
Por FactBox Admin

La Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias ha aprobado las normas que regirán el ejercicio de la pesca en aguas continentales durante la campaña 2027, con el salmón vedado en toda la temporada y un cupo general de seis truchas por pescador y día. La decisión se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 209, de 28 de octubre de 2026, mediante la Resolución de 23 de octubre de 2026 (Cód. 2026-08870), firmada por el consejero Marcelino Marcos Líndez.
El texto llega después de que el Consejo de los Ecosistemas Acuáticos y de la Pesca en Aguas Continentales del Principado de Asturias, órgano consultivo de la Administración autonómica, se reuniera en sesión del 19 de octubre de 2026, y de los informes técnicos del Servicio de Vida Silvestre y de la Dirección General de Planificación Agraria. La norma se ampara en la Ley del Principado de Asturias 6/2002, de 18 de junio, que obliga a aprobar anualmente estas reglas conforme a su artículo 19, y en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; la competencia orgánica deriva del Decreto 88/2023, de 2 de julio. Los permisos de los cotos se rigen por la Resolución de 4 de septiembre de 2026, que aprobó las bases de solicitud y adjudicación para la temporada 2027.
El salmón, vedado toda la campaña
La normativa declara vedadas la pesca del salmón, la anguila —salvo lo regulado en la pesquería de angula—, el sábalo y la alosa. Para la trucha, el reo y el resto de especies no salmónidas el periodo general va del tercer domingo de marzo al 15 de agosto, con retrasos de apertura en las zonas de montaña y salmoneras, que arrancan el tercer domingo de mayo.
- Cotos sin muerte y tramos de pesca sin muerte en zonas no salmoneras: hasta el 15 de octubre.
- Zonas limítrofes con Galicia (Navia y Eo) y con Cantabria en el Deva hasta el coto El Arenal: cierre el 31 de julio.
- Embalses de pesca intensiva de La Granda, San Andrés (Aboño) y Trasona: del 1 de marzo al 30 de noviembre.
- Cangrejos americanos: del tercer domingo de marzo al 30 de noviembre.
- Tramos principales salmoneros de Cares, Deva, Sella, Narcea, Nalón y Esva: desde el 1 de mayo se autoriza trucha mayor de 24 centímetros, solo con piscardo muerto.
Quien capture un salmón de forma accidental con artes autorizados para trucha deberá soltarlo con cuidado y comunicarlo al centro de precintaje de su cuenca (Xesteira en el Eo, Casielles en el Esva, La Rodriga en Nalón-Narcea, Portazgo en el Sella y Panes en el Deva).
Cupos, tallas y días de veda
El cupo de trucha común y reo es de seis ejemplares por pescador y día, reducido a tres en el embalse de Alfilorios y la laguna Enguilu; el resto de especies no salmónidas no tiene cupo. Alcanzado el límite, se puede seguir pescando esa especie en modalidad sin muerte.
- Trucha común y reo: 19 centímetros con carácter general, 17 en zona de montaña y 25 en el río Eo.
- Lubina: 36 centímetros; platija o solla: 25; lisas y múgil: 20.
- Los jueves hay veda para todas las especies en todas las zonas.
- Los lunes también hay veda, salvo pesca sin muerte en cotos y zonas libres sin muerte; la excepción no se aplica a los embalses de pesca intensiva, y cuando lunes o jueves sean festivos nacionales o regionales se permite pescar con muerte.
- Horarios: de 7:00 a 23:00 en junio y de 8:45 a 19:00 en noviembre, entre otros tramos mensuales.
Vedados por cuenca y régimen de cotos
La resolución fija veda parcial en puntos concretos: la cola del embalse de La Granda hasta el 15 de julio y la margen derecha de Pilotuerto (Narcea), la margen izquierda de Tanes y la margen izquierda de Rioseco hasta el 15 de junio. Son refugios de pesca con veda total tramos como Piagomayor en el Eo y el comprendido entre la presa de Ñoña y la cola del pozo de La Peral en el Sella.
Los cotos de río salmonero se ordenan en tradicionales, sin muerte y parciales; estos últimos dejan días libres sin permiso los martes, miércoles y sábados y quedan totalmente libres desde el 16 de julio. Los cotos del cauce principal del Eo y de las zonas limítrofes del Deva quedan vedados para trucha y resto de especies desde el 31 de julio. La zonificación abarca las cuencas del Eo, Navia, Esva, Nalón, Narcea, Sella, Cares-Deva y las pequeñas cuencas costeras.
Artes, cebos y garantías
Solo se autoriza la caña. En cebo natural se permite un anzuelo por caña, con un tamaño mínimo superior a 4,5 milímetros de altura y 5 de base y máximo de 13 por 14 milímetros; con señuelos artificiales, hasta cuatro anzuelos por aparejo, y los anzuelos deben ser sencillos y de un solo arpón. Se prohíben el pez vivo, el gusano de carne o “asticot”, la hueva, la quisquilla, el “bingo” y cebar las aguas, y la piscardera no puede superar los 50 centímetros.
La distancia mínima entre pescadores es de 15 metros, ampliada a 30 en lanzado con mosca. Los menores de 16 años no precisan licencia si están acompañados y sus capturas computan en el cupo del adulto que los tutela. Contra la resolución cabe recurso potestativo de reposición en un mes o contencioso-administrativo en dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
La campaña 2027 mantiene la veda del salmón y adelanta cierres en las cuencas compartidas con Galicia y Cantabria, dos decisiones que afectan de lleno a los cotos, a las sociedades de pesca y a los miles de pescadores deportivos que cada temporada solicitan permiso en los ríos asturianos. El calendario, los cupos y las tallas ya son exigibles a partir de la publicación, y su incumplimiento queda sujeto a la vigilancia de los agentes de la Guardería de cada cuenca.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), núm. 209 de 28 de octubre de 2026, sección I. Principado de Asturias, pág. 1 (referencia oficial: Cód. 2026-08870).