BOP de A Coruña · 13 Aug 2026 · 7 vistas
Arteixo aprueba el reglamento de la Casa de Baños del Balneario
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Arteixo aprobó inicialmente, en la sesión ordinaria del 30 de julio de 2026, el establecimiento del servicio “Casa de Baños del Ayuntamiento de Arteixo” y su reglamento, como paso previo a la licitación de la gestión de la instalación termal. El acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña del 13 de agosto de 2026, anuncio 2026/5286, correspondiente al expediente 2026/G013/000002.
El ayuntamiento es titular del Balneario de Arteixo y de su casa de baños, rehabilitada al amparo del convenio firmado el 27 de febrero de 2025 entre la Agencia de Turismo de Galicia y el Ayuntamiento de Arteixo, financiado por la Unión Europea–NextGenerationEU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La obra ya está finalizada y la actuación tiene por finalidad recuperar el uso termal, poniendo a disposición de la vecindad una instalación destinada al aprovechamiento lúdico de las aguas termales, al bienestar, a la ocupación saludable del tiempo libre, a la promoción turística sostenible, a la protección del patrimonio histórico y a la dinamización social y económica del municipio.
Un paso previo a la licitación
La propuesta partió de la Alcaldía de José Carlos Calvelo Martínez y fue dictaminada por la Comisión Informativa de Asuntos Generales del Pleno el 27 de julio de 2026. El pleno declaró la iniciativa pública municipal en la explotación de la casa de baños al amparo del artículo 86.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y asumió la actividad como propia, al amparo del artículo 312 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
La prestación directa por la Administración municipal se descartó por la ausencia de medios personales especializados, las dificultades normativas y organizativas para la cobertura y sustitución del personal y la complejidad técnica inherente a este tipo de instalaciones. Por ello, el servicio se prestará de manera indirecta mediante un contrato de servicios con prestaciones directas a la ciudadanía, manteniendo el ayuntamiento la titularidad de las instalaciones y la potestad de ordenación, inspección, control y dirección.
Qué regula el servicio
El reglamento define la “Casa de Baños de Arteixo” como una instalación termal de uso lúdico y recoge las prestaciones a la ciudadanía:
- Acceso a piscinas termales de uso lúdico.
- Servicios de higiene y vestuarios.
- Actividades dirigidas.
El régimen de acceso prevé un sistema de reserva previa para garantizar el aforo máximo y el pago de un precio público, cuyo importe fijará la Junta de Gobierno Local y deberá cubrir, como mínimo, el coste del servicio, aunque podrán establecerse precios inferiores por razones sociales o de interés público. El texto regula también la condición de usuario, los derechos y deberes, las obligaciones del gestor —incluida la información sobre la temperatura y la declaración termal de las aguas y sus contraindicaciones— y el régimen sancionador:
- Infracciones muy graves: multa de 1.500 a 3.000 euros y pérdida de la condición de usuario de 12 a 24 meses.
- Infracciones graves: multa de 750 a 1.500 euros y pérdida de la condición de usuario de 3 a 12 meses.
- Infracciones leves: multa de hasta 750 euros.
Información pública y entrada en vigor
El expediente, incluido el proyecto de reglamento, se somete a información pública y audiencia de los interesados por un plazo de 30 días hábiles, mediante anuncio en el BOP, en el tablón de anuncios municipal y en la sede electrónica del ayuntamiento. Si no se presentaran reclamaciones o sugerencias, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivamente adoptado y se procederá a la publicación íntegra del reglamento en el BOP, momento en que entrará en vigor. El anuncio fue firmado por el alcalde accidental, José María Sánchez Novo, en Arteixo el 7 de agosto de 2026.
Una apuesta por el termalismo local
La recuperación de la Casa de Baños devuelve el termalismo a un edificio de relevancia patrimonial e histórica, diversifica la oferta turística municipal y genera actividad económica vinculada al termalismo y al ocio saludable, con el consiguiente impacto en el empleo local. La vecindad dispondrá de un servicio público de bienestar, mientras el ayuntamiento conserva el control de la instalación a través de la gestión indirecta.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, nº 153, 13 de agosto de 2026, sección Administración Local (referencia oficial: anuncio 2026/5286).