BOP de Jaén · 03 Sep 2026 · 1 vistas
Arjonilla aprueba la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Arjonilla (Jaén) ha aprobado definitivamente la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras, que fija unas tarifas de entre 13,65 € y 60,30 € y deroga la norma anterior. El acuerdo, adoptado por el Pleno municipal, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 171, de 3 de septiembre de 2026, con la referencia 2026/4132.
La ordenanza fue aprobada provisionalmente en sesión ordinaria del Pleno celebrada el 25 de junio de 2026. Al no haberse presentado reclamación alguna contra el expediente, el acuerdo se entiende definitivamente adoptado de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El anuncio lo firma el alcalde, Luis Miguel Carmona Maroto.
Hecho imponible y sujetos obligados
La tasa grava la utilización privativa o el aprovechamiento especial de las vías o terrenos públicos derivado de la entrada y salida de vehículos a través de la acera para acceder a cualquier finca, edificio, inmueble, nave o solar. Son sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas que disfruten de ese aprovechamiento, y quedan obligados al pago:
- Si las ocupaciones fueron autorizadas, las personas o entidades a cuyo favor se otorgaron las licencias o concesiones.
- Si se procedió sin autorización, quienes efectivamente realicen la ocupación.
- Como sustitutos del contribuyente, los propietarios de las fincas o locales y las comunidades de propietarios a los que den acceso las entradas.
Tarifas aplicables
El artículo 5 de la ordenanza establece el siguiente cuadro de tarifas:
- Cocheras o garajes para un solo vehículo: 13,65 €.
- Cocheras o garajes para un solo camión, autobús o tractor: 18,50 €.
- Talleres de reparación de motocicletas: 14,90 €.
- Talleres de reparación de turismos, camiones y tractores: 29,75 €.
- Cocheras o garajes comunes para turismos y motos, por cada vehículo: 4,90 €.
- Cocheras o garajes comunes para camiones y tractores, por cada vehículo: 10,90 €.
- Almazaras y otras industrias con mucho paso de vehículos: 60,30 €.
- Placa de cochera retirada en el Ayuntamiento al darse de alta la tasa: 22,00 €.
Devengo y gestión
La tasa se devengará el primer día del año natural si el aprovechamiento ya estuviera autorizado; en caso de alta durante el año, se devengará el día de inicio efectivo de la utilización y se ingresará la parte proporcional de la cuota. Cuando se cause baja definitiva, podrá devolverse, a solicitud del interesado, la parte proporcional por el tiempo que medie hasta el fin del ejercicio.
Los interesados deberán solicitar previamente la licencia y presentar un plano detallado del aprovechamiento, que será comprobado por los servicios técnicos municipales y la policía local. La concesión de la licencia de primera utilización de viviendas o inmuebles con garaje conllevará la liquidación automática de la tasa. Los titulares deberán proveerse de una placa oficial, colocada en lugar visible, indicativa de la prohibición de aparcamiento.
Derogación y entrada en vigor
Con la aprobación definitiva queda expresamente derogada la anterior Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías y sus modificaciones. La nueva norma entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.
La medida afecta directamente a propietarios de garajes, talleres, naves y almazaras del municipio, que deberán regularizar su situación y abonar la tasa correspondiente. Contra el acuerdo cabe interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en los plazos y formas que establece la normativa.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, número 171, 3 de septiembre de 2026, Administración Local, págs. 13257-13261 (referencia oficial: 2026/4132).