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Diario Oficial El Peruano · 11 Sep 2026 · 5 vistas

Arequipa aprueba ordenanza que regula la salud menstrual digna

Por FactBox Admin

Arequipa aprueba ordenanza que regula la salud menstrual digna

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa aprobó la Ordenanza Regional N° 560-AREQUIPA, que establece el marco para la gestión de la salud menstrual digna en la región. La norma, promulgada por el gobernador Rohel Sánchez Sánchez, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el viernes 11 de setiembre de 2026, en la sección Normas Legales.

La ordenanza define la gestión de la salud menstrual como el manejo seguro, digno y saludable de los ciclos menstruales, de modo que no se conviertan en un obstáculo en la vida cotidiana de niñas, adolescentes y mujeres. Se sustenta en la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27783 de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA y sus modificatorias.

Día regional y campañas de sensibilización

La norma declara el 28 de mayo como el “Día de la salud menstrual”, fecha reconocida internacionalmente por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y conmemorada desde 2014. En mérito a ello, el gobierno regional, a través de la Gerencia de Educación, la Gerencia de Salud y la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, promoverá campañas públicas y talleres educativos en coordinación con entidades públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil.

El objetivo es visibilizar la importancia de una gestión menstrual digna que contribuya al cierre de brechas de género y a la eliminación de tabúes y estigmas en torno a la menstruación.

Educación y provisión gratuita de productos

La ordenanza incorpora la educación menstrual como componente clave, con acciones de sensibilización y talleres dirigidos a docentes, estudiantes y padres de familia. Asimismo, dispone la provisión gratuita y progresiva de productos de gestión menstrual para niñas, adolescentes y mujeres en situación de pobreza y pobreza extrema, en los establecimientos de salud e instituciones educativas públicas de la región, según la disponibilidad presupuestal de las gerencias competentes.

Sistema de monitoreo y observatorio

Se crea el Sistema Regional de Monitoreo, Evaluación y Fiscalización de la Gestión Menstrual Integral, a cargo del Consejo Regional Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (COREDNNA), que deberá:

  • Establecer indicadores verificables y periódicos de cumplimiento.
  • Elaborar y remitir informes semestrales al Consejo Regional de Arequipa.
  • Promover la transparencia mediante la publicación de resultados en los portales institucionales.

Como parte de este sistema se crea un Observatorio de salud menstrual en poblaciones vulnerables, a cargo de la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, con enfoque territorial y especial énfasis en pueblos originarios y zonas rurales. La vigilancia ciudadana recaerá en el Consejo Regional de la Juventud (COREJU).

Certificación de instituciones educativas

La ordenanza crea la “Certificación Regional de Instituciones Educativas con Gestión Menstrual Digna”, un mecanismo de reconocimiento anual para los colegios públicos que cumplan estándares adecuados, entre ellos la disponibilidad continua y gratuita de productos, servicios higiénicos adecuados con agua potable y jabón, programas de educación menstrual basados en evidencia científica y prácticas de gestión ambiental sostenibles.

La implementación de la norma se realizará de forma progresiva, con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades competentes y sin irrogar gasto adicional al Estado. Con esta ordenanza, Arequipa se posiciona como una de las regiones pioneras en garantizar por norma el derecho a una menstruación digna, con impacto directo en la permanencia escolar y el acceso a la salud de niñas y mujeres de la región.


Fuente: Diario Oficial El Peruano, N° 19513, viernes 11 de setiembre de 2026, sección Normas Legales, pág. 212-215 (referencia oficial: Ordenanza Regional N° 560-AREQUIPA).