BOP de Cádiz · 08 Sep 2026 · 1 vistas
Arcos expone el padrón del IBI rústico 2026 y abre el pago
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Arcos de la Frontera ha aprobado el padrón fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica correspondiente al ejercicio 2026 y lo ha sometido a exposición pública, abriendo a la vez el periodo voluntario de ingreso. Así lo anuncia el alcalde, Miguel Rodríguez Rodríguez, en un edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 173, de 8 de septiembre de 2026, con referencia Nº 278.574.
La aprobación del padrón fue acordada por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el 24 de agosto de 2026. La exposición se realiza en cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y de lo estipulado en la Ordenanza Fiscal general sobre Gestión, Inspección y Recaudación del municipio.
Exposición pública del padrón
El padrón estará a disposición de quienes tengan un interés legítimo en el Servicio de Gestión Tributaria del Ayuntamiento, sito en la Av. Duque de Arcos, 29 – Edif. Emprendedores, Planta 1ª, Aula 4, mediante atención personalizada en horario de 9:00 a 14:00 horas.
- El plazo de exposición es de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el boletín oficial.
- Durante ese periodo los interesados podrán examinar el padrón y formular las alegaciones que estimen oportunas.
Periodo voluntario de ingreso
El periodo voluntario de ingreso de las cuotas queda comprendido entre el 1 de septiembre de 2026 y el 13 de noviembre de 2026, ambos inclusive, o, si este último no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
El vencimiento del plazo sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del periodo ejecutivo, con la exigencia de intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, así como, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio conforme al artículo 161 de la citada ley.
El pago podrá realizarse en las entidades bancarias colaboradoras, y los medios de pago serán los establecidos en los artículos 23 a 31 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria.
Recursos contra las liquidaciones
Los interesados podrán interponer los siguientes recursos, o cualquier otro que estimen oportuno:
- Recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al término de la exposición pública del padrón, ante el órgano que dicta el acto, de conformidad con el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición si es expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses desde el acto presunto.
El edicto, firmado por el alcalde Miguel Rodríguez Rodríguez en Arcos de la Frontera a 24 de agosto de 2026, se dirige a todos los propietarios de bienes inmuebles de naturaleza rústica del municipio, que deberán atender el pago dentro del plazo señalado para evitar recargos y el procedimiento de apremio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 173, de 8 de septiembre de 2026, sección Administración Local (referencia oficial: Nº 278.574).