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Boletín Oficial de Aragón · 13 Oct 2026 · 10 vistas

Aragón declara la utilidad pública de la línea Castor-Valcaldera en Zaragoza

Por FactBox Admin

Aragón declara la utilidad pública de la línea Castor-Valcaldera en Zaragoza

El Departamento de Economía, Competitividad y Empleo del Gobierno de Aragón ha declarado en concreto la utilidad pública de la instalación “Línea de alta tensión de subestación Castor a subestación Valcaldera y subestación Castor”, promovida por la mercantil Habidite Energy, SL. La resolución, firmada por la consejera Eva Valle Maestro el 22 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de Aragón número 198, de 13 de octubre de 2026, con la referencia BOA20261013015, y habilita la expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios en nueve municipios zaragozanos.

La declaración se tramita con los números de expediente DUP-Z-2021-0055 y AT-2020-269 y afecta a los términos municipales de Agón, Ainzón, Alberite de San Juan, Ambel, Borja, Bulbuente, Bureta, Magallón y Vera de Moncayo. La solicitud la presentó Habidite Energy, SL el 19 de julio de 2022, acompañada de la relación individualizada de bienes y derechos considerados de necesaria expropiación.

El expediente acumula varios antecedentes administrativos. La autorización administrativa previa y de construcción se otorgó mediante Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Directora del Servicio Provincial de Industria de Zaragoza (Boletín Oficial de Aragón número 59, de 27 de marzo de 2023), y su modificación mediante Resolución de 25 de abril de 2025, de la Directora General de Energía y Minas (Boletín Oficial de Aragón número 214, de 5 de noviembre de 2025). La declaración de impacto ambiental favorable corresponde al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en resolución de 14 de diciembre de 2022. La información pública se anunció en prensa y en el Boletín Oficial de Aragón número 182, ambos de 19 de septiembre de 2025, y el Servicio Provincial de Zaragoza informó favorablemente el 7 de abril de 2026.

Una línea de 220 kilovoltios y su relación de fincas

La instalación es una línea aérea de alta tensión de 220 kilovoltios que enlaza la subestación Castor con la subestación Valcaldera, e incluye la propia subestación Castor. El anexo de la orden recoge la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria expropiación, con la siguiente información por finca:

  • Número de finca del proyecto, polígono y parcela catastral, y término municipal.
  • Titular identificado por DNI o CIF.
  • Aprovechamiento del suelo: labor o labradío secano y regadío, pastos, almendro, olivos, viñedos, tierra arable y carrasca trufera de regadío.
  • Apoyos y su numeración (T-4, T-7, T-10, T-20, T-28, T-34, T-40, T-44, T-48, T-54, T-62 a T-67, T-70, T-71, T-82, entre otros).
  • Superficies de vuelo de línea aérea, servidumbre de paso para vigilancia y conservación, ocupación temporal y definitiva, y zona de seguridad.

La orden excluye del anexo las parcelas sobre las que el promotor ha acreditado acuerdos con los propietarios, así como los bienes demaniales, cuyo tratamiento se remite al artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Ocho alegaciones: dos aceptadas y el resto rechazadas

Durante la información pública se presentaron ocho alegaciones, identificadas como A1 a A8 y formuladas por dos sociedades con CIF B-50707967 y B-99289548 y por seis personas físicas. Solo el Ayuntamiento de Bulbuente remitió informe entre las administraciones consultadas.

  • Alegación A6: se acepta. Se desplaza el apoyo de la torre T-20 dos metros al oeste para minimizar afecciones.
  • Alegación A7: se acepta. Se desplaza el apoyo de la torre T-7 tres metros al este y se adapta el vial de acceso a la servidumbre existente; además se corrige el cultivo real de las parcelas, que es carrasca trufera de regadío.
  • Alegaciones A1, A2, A3, A4, A5 y A8: rechazadas, por considerar la Administración que las autorizaciones siguen vigentes y que los aspectos ambientales ya fueron evaluados en la declaración de impacto ambiental.

El Ayuntamiento de Bulbuente advirtió del riesgo de incendio por el sobrevuelo de una chopera entre los apoyos T21 y T22 y propuso un trazado alternativo entre los apoyos T19 y T33, que fue descartado por inviable técnica y ambientalmente. La vivienda de la parcela 61 del polígono 30 de Bulbuente quedó desafectada del procedimiento desde el 26 de septiembre de 2024.

Efectos y plazos de recurso

La declaración implica la necesidad de ocupación de los bienes y la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y el derecho a ocupar terrenos de dominio público o patrimoniales. Contra la orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe:

  • Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses.

Ambos recursos no pueden simultanearse.

La decisión afecta directamente a los propietarios de las fincas incluidas en el anexo, que a partir de ahora pueden ver ocupados sus terrenos o constituidas servidumbres de paso, con la consiguiente apertura de la fase de justiprecio. Para los municipios implicados, la orden consolida la infraestructura de evacuación asociada a instalaciones de generación renovable en la comarca, al tiempo que fija el marco jurídico para negociar o litigar las indemnizaciones.


Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 198, de 13 de octubre de 2026, sección III (referencia oficial: BOA20261013015).