Boletín Oficial de Aragón · 24 Sep 2026 · 10 vistas
Aragón concede 398.901 euros a los multiservicios rurales contra la despoblación
Por FactBox Admin

El Departamento de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial del Gobierno de Aragón ha resuelto la convocatoria de subvenciones a entidades locales destinadas al mantenimiento, mejora, equipamiento y modernización de establecimientos de Multiservicio Rural, con un importe global concedido de 398.901,28 euros. La decisión se formaliza en la Orden VFL/1364/2026, de 11 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 186, de 24 de septiembre de 2026, en la sección III de Otras Disposiciones y Acuerdos (referencia oficial BOA20260924015). La norma lleva la firma del consejero Octavio López Rodríguez.
La convocatoria se enmarca en la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación, aprobada por Decreto 165/2017, de 31 de octubre, y se financia con cargo al Fondo de Cohesión Territorial, regulado en el artículo 45 de la Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2024 y prorrogada para 2026. Las bases reguladoras son las de la Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre, y la línea aplicada es la base tercera, letra b), punto 1.º, “Actividades económicas y mercado laboral”, vinculada a los ejes 1 y 10 de la Directriz.
Una red de servicios básicos en el medio rural
El objetivo declarado es consolidar, renovar y actualizar una red de establecimientos que garantiza la prestación de servicios básicos en el medio rural menos desarrollado económica y demográficamente, allí donde no llega o va desapareciendo la iniciativa privada. Los destinatarios son las entidades locales titulares de establecimientos adheridos a la Red de Multiservicios Rurales de Aragón.
Las actuaciones buscan favorecer el acceso a servicios como:
- La adquisición de productos de primera necesidad.
- Los servicios bancarios básicos.
- Los servicios de hostelería.
- El acceso a la cultura y el ejercicio de actividad física o deportiva, como novedad de esta convocatoria.
La convocatoria se publicó mediante Orden FOM/549/2026, de 30 de marzo, en el Boletín Oficial de Aragón número 73, de 17 de abril de 2026, con un crédito total de 400.000,00 euros vinculado a gasto de capítulo VII (transferencias de capital). Las actuaciones se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 13070/G/1260/760145/91002, PEP 2018/000140.
Seis alegaciones y resolución definitiva
Finalizado el plazo de solicitudes el 2 de junio de 2026, la Comisión de valoración emitió informe el 21 de julio de 2026 y el Director General de Despoblación, como órgano instructor, dictó ese mismo día la propuesta de resolución provisional, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 148, de 3 de agosto de 2026, con cinco días hábiles de alegaciones.
El plazo de alegaciones concluyó el 10 de agosto de 2026 con 6 alegaciones presentadas. La Comisión de valoración se reunió el 31 de agosto de 2026 y el Director General de Despoblación elevó la propuesta de resolución definitiva el 1 de septiembre de 2026, con este resultado:
- Desestimadas las alegaciones de los expedientes FCT-2026-EELL-MSR-029, FCT-2026-EELL-MSR-049, FCT-2026-EELL-MSR-057 y FCT-2026-EELL-MSR-086.
- Estimada la alegación del expediente FCT-2026-EELL-MSR-082.
- Estimada parcialmente la alegación del expediente FCT-2026-EELL-MSR-021.
La Orden aprueba las solicitudes admitidas y sus puntuaciones (anexo I), las estimadas total o parcialmente por 398.901,28 euros (anexo II), las desestimadas por insuficiencia de crédito (anexo III) y las inadmitidas (anexo IV). Los anexos se consultan en el enlace publicado por el Gobierno de Aragón.
Plazos de ejecución, justificación y recursos
El plazo para realizar la actividad subvencionada abarca del 1 de septiembre de 2025 al 25 de octubre de 2026, ambos inclusive. La justificación ante la Dirección General de Despoblación puede presentarse desde el día siguiente a la publicación de la Orden hasta el 31 de octubre de 2026 incluido.
Si en diez días hábiles desde la publicación no media renuncia expresa, la ayuda se entiende aceptada tácitamente. La renuncia se tramita electrónicamente en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, con el número de trámite 11469. Los remanentes liberados podrán reasignarse a solicitudes del anexo III por orden de puntuación.
Contra la Orden cabe recurso potestativo de reposición ante el consejero en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.
El impacto de estas ayudas es directo sobre la vida cotidiana de los municipios más pequeños: sostener el multiservicio evita desplazamientos para comprar productos básicos, operar con el banco o acceder a la hostelería, y refuerza un sector frágil en los territorios más castigados por la pérdida de población. Con casi la totalidad del crédito comprometido, la convocatoria de 2026 deja fuera a solicitantes por falta de fondos, lo que apunta a una demanda superior a la dotación prevista.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 186, de 24 de septiembre de 2026, sección III. Otras Disposiciones y Acuerdos (referencia oficial: BOA20260924015).