Boletín Oficial de Aragón · 10 Sep 2026 · 1 vistas
Aragón actualiza su sistema de asentamientos rurales con el Nomenclátor 2025
Por FactBox Admin

El Departamento de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial del Gobierno de Aragón ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón número 176, de 10 de septiembre de 2026, la Orden VFL/1310/2026, de 27 de agosto, que actualiza la estructura del sistema de asentamientos y el índice de funcionalidad de Aragón enmarcados en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA), en función del Nomenclátor de habitantes de 2025 y otras variables socioeconómicas. La norma, firmada por el consejero Octavio López Rodríguez, tiene como referencia oficial el csv BOA20260910013.
La actualización trae causa de la Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón, publicada en el BOA número 72, de 17 de abril de 2023. Su artículo 19 obliga a las administraciones públicas aragonesas a utilizar la clasificación de asentamientos y municipios de carácter rural para el establecimiento de medidas de discriminación positiva y para las convocatorias de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a dinamizar el medio rural. El artículo 22.2 de la misma ley encomienda al departamento competente en ordenación del territorio la actualización anual de los asentamientos conforme a la EOTA.
La estructura del sistema de asentamientos
La EOTA, aprobada por el Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, clasifica los asentamientos de población en cinco grandes grupos que acogen doce rangos, diferenciando entre asentamientos permanentes agrupados y aislados, y entre habitados y deshabitados:
- Centralidades (rangos I a V): capital de Aragón, capitales provinciales, cabeceras supracomarcales, capitales comarcales administrativas y otras centralidades.
- Asentamientos autosuficientes (rangos VI y VII): autosuficientes A y B.
- Asentamientos dependientes (rangos VIII a X): en transición a la autosuficiencia, dependientes y de problemática viabilidad.
- Asentamientos deshabitados (rango XI).
- Asentamientos aislados (rango XII), que agrupan masías, pardinas, ventas, torres y viviendas unifamiliares diseminadas en suelo no urbanizado.
Criterios de clasificación y sistema de municipios
La posición de cada asentamiento en la estructura no es estática y se revisa periódicamente. Los criterios empleados, detallados en el anexo I, incluyen el estatus jurídico preexistente, la función territorial por disponer de equipamientos y servicios supramunicipales, la ubicación en relación con la red viaria, la delimitación comarcal, la población empadronada según el último Nomenclátor, el índice de potencialidad de autosuficiencia, el índice de equipamiento escolar básico, el índice de viabilidad demográfica y el carácter agrupado o aislado.
La orden incorpora además la estructura del sistema de municipios de Aragón, que clasifica los municipios con los mismos criterios pero referidos a la totalidad del término municipal. Esta clasificación apenas difiere de la de asentamientos para quienes ostentan la capitalidad municipal, y facilita los procesos administrativos que requieren una ordenación o jerarquización territorial.
Publicación y efectos
La actualización se acompaña de cinco anexos que describen los grupos, rangos y criterios, así como las variables de los indicadores de potencialidad de autosuficiencia, equipamiento escolar básico, viabilidad demográfica y funcionalidad. Las tablas de la estructura del sistema de asentamientos y de municipios, junto a las auxiliares, están disponibles en la página web del departamento en el apartado de ordenación del territorio.
La orden se dicta de conformidad con el Decreto 129/2026, de 22 de julio, que atribuye al departamento las competencias en ordenación del territorio, y a propuesta de la Directora General de Planificación Logística y Ordenación del Territorio, con fecha 5 de agosto de 2026.
Con esta publicación anual, el Gobierno de Aragón actualiza la radiografía territorial que sirve de base para orientar las políticas de discriminación positiva y las subvenciones de dinamización del medio rural, de modo que los municipios y asentamientos con mayor riesgo de despoblación puedan ser identificados y atendidos con mayor precisión.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 176, de 10 de septiembre de 2026, sección III. Otras Disposiciones y Acuerdos (referencia oficial: csv BOA20260910013).