BOP de Lleida · 24 Aug 2026 · 5 vistas
Aprobadas las bases de ayudas culturales, sociales y deportivas de las Garrigues
Por FactBox Admin

El Consell Comarcal de les Garrigues ha aprobado definitivamente las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actividades culturales, sociales y deportivas de la comarca para el año 2026. El acuerdo, adoptado por el Pleno en sesión extraordinaria del 25 de junio de 2026, se publica en el Butlletí Oficial de la Província de Lleida núm. 161, de 24 de agosto de 2026, con el CVE BOP-2026_0_161_7115. El texto, firmado por el presidente Antoni Josep Villas Miranda, abre la convocatoria para entidades y ciudadanía que quieran solicitar subvenciones.
Un proceso de aprobación sin alegaciones
Las bases fueron sometidas a información pública durante veinte (20) días, de acuerdo con el artículo 124.2 del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el cual se aprueba el reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales. La exposición se anunció en el BOP de Lleida núm. 127, de 7 de julio de 2026, y en el tablón electrónico de la corporación, y, transcurrido el plazo sin que se presentaran alegaciones, el acuerdo ha quedado definitivamente aprobado.
Contra este acto, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la sección contencioso-administrativa del Tribunal de instancia de Lleida en el plazo de dos (2) meses, o bien, potestativamente, recurso de reposición ante el pleno en el plazo de un (1) mes.
Quién puede solicitar las ayudas y cómo
Pueden ser beneficiarias las personas físicas, jurídicas y entidades sin ánimo de lucro de la comarca de les Garrigues, legalmente constituidas, que impulsen o desarrollen actividades de carácter social, cultural o deportivo. Quedan excluidos los ayuntamientos y las personas o entidades que concurran en alguna de las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
La solicitud, que se presenta con el modelo de la sede electrónica del Consell Comarcal, debe ir acompañada de:
- Memoria de la actuación por la cual se solicita la subvención
- Presupuesto de la actuación
- Copia del DNI o CIF
- Copia de los estatutos vigentes
- Certificado de titularidad bancaria
El plazo máximo para presentar las solicitudes es el 30 de septiembre de 2026, y el sistema de concesión es el de concurrencia competitiva.
Cuantías, criterios y gastos subvencionables
El importe de cada subvención no puede superar el 80% del coste de la actividad, con un máximo de 1.500,00 € por beneficiario. La valoración de las solicitudes se hace sobre una puntuación máxima de 20 puntos, que pondera criterios como el presupuesto presentado, la participación de más de una entidad, el número de beneficiarios potenciales, la proyección comarcal, el interés general, el carácter innovador, el impacto social y la difusión del nombre de la comarca.
Se consideran subvencionables los gastos corrientes realizados durante el ejercicio 2026, acreditados con facturas emitidas entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2026. En cambio, no son objeto de subvención:
- Productos alimentarios, bebidas y similares
- Gastos en trofeos y premios en metálico
- Gastos de personal propio de la entidad beneficiaria
- Gastos de infraestructuras y bienes de inversión
- Gastos en sanciones deportivas y fichas federativas
Cada entidad solo puede optar a una única subvención de las convocatorias del Consejo Comarcal durante la anualidad, y las ayudas son compatibles con otras siempre que la suma no exceda el coste total de la actuación.
Impacto para la comarca
Con esta aprobación, el Consejo Comarcal de les Garrigues consolida un marco estable y transparente para financiar el tejido asociativo, cultural y deportivo de la comarca, con sede en Les Borges Blanques. La convocatoria, que también se extiende a escuelas y AFES en un edicto complementario (CVE BOP-2026_0_161_7116), aporta seguridad jurídica a entidades y ciudadanía a la hora de planificar sus actividades para el año en curso.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Lleida, núm. 161, 24 de agosto de 2026, Administración Local - Consejos Comarcales, pág. 1-6 (referencia oficial: CVE BOP-2026_0_161_7115).