Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 14 Oct 2026 · 8 vistas
Ampliado al 3 de noviembre el plazo de solicitud de arranque de viñedo
Por FactBox Admin

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha ha ampliado hasta el 3 de noviembre de 2026 el plazo para solicitar el arranque de viñedo en la campaña vitícola 2026/2027, que inicialmente concluía el 15 de octubre. La decisión se formaliza mediante la Orden 144/2026, de 7 de octubre, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) núm. 197, de 14 de octubre de 2026, dentro de la sección I de disposiciones generales (referencia 2026/7341). La norma modifica la Orden 202/2018, de 28 de diciembre, que regula el potencial de producción vitícola en la comunidad autónoma.
El marco normativo: del Real Decreto estatal a la orden autonómica
En el ámbito nacional, el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola, constituye la norma básica en la materia. Su artículo 14, apartado 1, faculta a las comunidades autónomas a fijar el plazo de solicitud de arranque de viñedo.
En ejercicio de esa competencia, Castilla-La Mancha aprobó la Orden 202/2018, de 28 de diciembre, de la entonces Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, que fijaba el plazo entre el 1 de agosto y el 15 de octubre de cada campaña vitícola. La nueva Orden 144/2026 introduce una excepción expresa para el ciclo 2026/2027.
El texto se aprueba al amparo de las competencias atribuidas a la Consejería por el Decreto 30/2025, de 29 de abril, de estructura y competencias, y tras dar audiencia a las organizaciones agrarias más representativas del sector.
Una campaña condicionada por las ayudas a la reestructuración
El motivo declarado de la ampliación es la incertidumbre que arrastran los viticultores. La resolución definitiva de la convocatoria de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo de 2026 no se conocerá hasta mediados de octubre, según reconoce la propia orden.
Esa convocatoria se rige por la Orden 35/2025, de 10 de marzo, que precisa las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas en el marco de la intervención sectorial vitivinícola 2024-2027, y fue activada mediante la Resolución de 07/01/2026, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, para su ejecución en 2027.
El encadenamiento de ambos procedimientos es la clave del problema: muchas solicitudes de arranque dependen de si finalmente se aprueban los expedientes de reestructuración. Sin conocer el resultado, los viticultores no pueden decidir si arrancan sus parcelas.
Qué cambia exactamente y a quién afecta
La orden modifica el apartado 1 del artículo 12 de la Orden 202/2018, que queda redactado en los siguientes términos:
- Regla general: las solicitudes de arranque se presentan entre el 1 de agosto y el 15 de octubre de cada campaña.
- Excepción para 2026/2027: el plazo finaliza el 3 de noviembre de 2026.
- Forma de presentación: mediante el Anexo V de la orden reguladora.
- Sujetos obligados: las personas viticultoras que pretendan arrancar superficie de viñedo en Castilla-La Mancha.
La ampliación supone, en la práctica, 19 días naturales adicionales de margen respecto al calendario ordinario, un intervalo que cubre la publicación de las resoluciones de reestructuración y permite ordenar ambas decisiones.
Impacto para el sector
La medida responde a una demanda del sector y evita que los viticultores tengan que solicitar el arranque a ciegas, antes de saber si obtienen financiación para replantar o reconvertir. Con el nuevo calendario, Castilla-La Mancha alinea el cierre del plazo de arranque con la resolución de las ayudas, reduciendo el riesgo de solicitudes prematuras o de renuncias forzadas. La orden lleva la firma del consejero Julián Martínez Lizán y se dictó en Toledo el 7 de octubre de 2026.
Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 197, de 14 de octubre de 2026, sección I (Disposiciones generales), pág. 36460 (referencia oficial: 2026/7341).