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Diario Oficial de la Federación · 21 Aug 2026 · 12 vistas

Amparo provisional suspende a Intman del padrón de sancionados de ComprasMX

Por FactBox Admin

El Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió la suspensión provisional del amparo indirecto 1591/2026 promovido por Intman, S.A. de C.V., para que se cancele su registro en el Padrón de Proveedores y Contratistas Sancionados de la plataforma digital de contrataciones públicas ComprasMX. La medida se dio a conocer mediante la Circular AR07-10/2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 2026.

La circular fue emitida por el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional, adscrita a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y se dirige a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la Fiscalía General de la República, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. La suspensión deriva del Procedimiento Administrativo de Sanción a Proveedores 005/PAS/2024, del que se desprende el juicio de amparo en cuestión.

La resolución judicial

Mediante acuerdo de 31 de julio de 2026, el juzgado federal, con fundamento en los artículos 139 y 150 de la Ley de Amparo, concedió la suspensión provisional solicitada por Intman, S.A. de C.V., por conducto de su representante legal, el ciudadano John Lorenzo Díaz Salas. El efecto es impedir provisionalmente la ejecución de la Circular AR07-08/2026 y, por ende, la permanencia del registro de la sanción administrativa en el padrón mientras se resuelve el juicio principal.

La medida cautelar surtirá efectos desde luego, pero dejará de hacerlo si la parte quejosa no acredita en un plazo de cinco días la garantía ante la autoridad exactora, por cualquiera de los medios permitidos por la ley. La garantía fijada equivale a:

  • $1,182,408.00 (un millón ciento ochenta y dos mil cuatrocientos ocho pesos 00/100 M.N.)

Alcance de la suspensión

En estricto cumplimiento del acuerdo, se suspende temporalmente el registro de las sanciones administrativas impuestas a Intman, S.A. de C.V., así como a la persona física que la representó, John Lorenzo Díaz Salas, dentro del procedimiento de sanción a proveedores, hasta en tanto se resuelve de fondo el juicio de amparo. La medida puede repercutir en la eficacia de la potestad sancionadora de la autoridad, razón por la cual se fijó garantía suficiente para responder de los daños y perjuicios que pudieran causarse, en términos de los artículos 132, 135 y 136 de la Ley de Amparo.

Cumplimiento y alcance

En cumplimiento del acuerdo, el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional, licenciado Tomás Espinosa Ferrer, firmó la circular el 17 de agosto de 2026 en la Ciudad de México. La comunicación se publica en el Diario Oficial de la Federación para su debida observancia por todas las autoridades destinatarias.

La decisión es relevante para el ecosistema de la contratación pública mexicana, pues confirma que el padrón de sancionados no es una barrera inapelable y que el amparo ofrece un mecanismo para suspender sus efectos mientras se dirime el fondo del asunto. Al mismo tiempo, la garantía fijada preserva el interés público y la potestad sancionadora de la autoridad, en un equilibrio que interesa tanto a proveedores como a las instituciones que contratan con el Estado.


Fuente: Diario Oficial de la Federación, 21 de agosto de 2026, Poder Ejecutivo, pág. 17-18 (referencia oficial: Circular AR07-10/2026, expediente 005/PAS/2024).