FactBox.

BOP de A Coruña · 17 Sep 2026 · 13 vistas

Ames aprueba definitivamente la tasa de residuos y la bonificación del 15%

Por FactBox Admin

Ames aproba definitivamente a taxa de residuos e a bonificación do 15%

El Ayuntamiento de Ames aprobó definitivamente la Ordenanza fiscal 3.A.1 reguladora de la tasa por el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de la Coruña número 178, del 17 de septiembre de 2026, con la referencia oficial 2026/5988. El acuerdo se adoptó en el Pleno del 10 de septiembre de 2026, tras desestimar la alegación sobre la bonificación de oficio y estimar la relativa a la acreditación de las entregas en el Punto Limpio. La norma entra en vigor el día de su publicación y comienza a aplicarse desde el 1 de enero de 2026.

Tramitación y alegaciones

La modificación se aprobó inicialmente en sesión plenaria del 25 de junio de 2026, dentro del expediente GD 11187/2026. Durante el período de exposición pública se presentó una única alegación, la RE 20855/2026, registrada el 6 de agosto de 2026.

El Pleno del 10 de septiembre acordó:

  • Desestimar la alegación en lo relativo al reconocimiento de la bonificación de oficio, manteniendo el carácter rogado y exigiendo la previa solicitud de la persona interesada.
  • Estimar la alegación sobre la acreditación del requisito de entregas en el Punto Limpio, de modo que será el Ayuntamiento quien compruebe el cumplimiento recabando los datos o informes de la entidad gestora.
  • Aprobar definitivamente la modificación con la nueva redacción del artículo 8.2.
  • Notificar el acuerdo a la alegante y publicar el texto íntegro en el boletín provincial, en el tablón de anuncios municipal y en la sede electrónica.

La ordenanza deroga la anterior Ordenanza fiscal 3.A.1 reguladora de la tasa por actividades y servicios relacionados con la higiene urbana, aprobada en el BOP número 248 del 31 de diciembre de 2012. El anuncio va firmado por el alcalde, José Blas García Piñeiro, en Ames el 14 de septiembre de 2026.

Bonificaciones y cuotas

El artículo 8.2 fija una bonificación del 15% de la cuota variable para las personas usuarias que entreguen residuos en el punto limpio municipal, voluminosos (enseres) o restos de podas domiciliarios en los lugares que establezca la concejalía de Medio Ambiente. Se requiere estar empadronado en el inmueble sobre el que se liquida la tasa y acreditar, con anterioridad a la solicitud, un mínimo de dos entregas.

Las bonificaciones previstas son:

  • 15% en la cuota variable por participar en programas de compostaje doméstico (artículo 8.1).
  • 15% en la cuota variable por entregas en el punto limpio (artículo 8.2).
  • 15% en la tarifa variable para empresas de distribución alimentaria y restauración con acuerdos con entidades de economía social sin ánimo de lucro (artículo 8.3).

Las dos primeras son compatibles entre sí. Las solicitudes presentadas antes de finales de febrero se aplican en el recibo del mismo año; las presentadas a partir del 1 de marzo, en el del ejercicio siguiente.

En las viviendas, la cuota fija es de 67,77 euros en zonas de frecuencia continua y de 40,66 euros en zonas de frecuencia alterna, con una cuota variable de 21,36 euros por habitante empadronado. En las actividades, la cuota fija es de 272,91 euros anuales y la variable resulta de multiplicar los metros cuadrados por el coeficiente del epígrafe: 1,53 euros en centros sanitarios, docentes y residencias; 1,23 en restaurantes y bares; 1,06 en comercio alimentario; 0,45 en alojamientos; 0,43 en entidades bancarias y centros oficiales; 0,12 en viviendas de uso turístico; 0,02 en industria no alimentaria y 0,01 en el comercio menor no alimentario. También se establece una reducción del 50% de la cuota para viviendas con personas en situación de riesgo o exclusión social, tras informe de los servicios sociales.

Plazos y régimen transitorio

La tasa devenga el 1 de enero y el período impositivo coincide con el año natural. El Sistema Especial de Pago (S.E.P.) permite fraccionar los recibos en tres plazos —5 de junio, 5 de julio y 5 de agosto, o 5 de septiembre, 5 de octubre y 5 de noviembre—, con solicitud antes del último día hábil de febrero.

Para 2026, la disposición transitoria establece que la cuota básica se liquida y recauda dentro del ejercicio, que el S.E.P. no se aplica a los recibos de este año y que la cuota variable se difiere a un momento posterior que fijará el calendario fiscal, sin alterar el devengo del 1 de enero de 2026.

Impacto

La nueva ordenanza afecta a todos los recibos vecinales de Ames e introduce una cuota variable por habitante y por superficie, además de tres bonificaciones del 15% que solo se aplicarán si el contribuyente las solicita. La decisión de mantener la bonificación como rogada y de asumir el Ayuntamiento la comprobación de las entregas en el punto limpio marca el alcance práctico del texto para los próximos ejercicios.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia da Coruña, número 178, 17 de septiembre de 2026, Administración Local, Concello de Ames (referencia oficial: 2026/5988).