Registro Oficial del Ecuador · 04 Nov 2026 · 9 vistas
Ambiente y Energía designa a Lara Moreno como director ejecutivo del CENACE
Por FactBox Admin

El ministro de Ambiente y Energía, Juan Carlos Damián Blum Baquero, designó al magíster Danny Gabriel Lara Moreno como Director Ejecutivo del Operador Nacional de Electricidad (CENACE), mediante el Acuerdo Nro. MAE-MAE-2026-0103-AM, suscrito el 16 de octubre de 2026 y publicado en el Suplemento Nº 402 del Registro Oficial del miércoles 4 de noviembre de 2026, en la página 2. El mismo instrumento agradece los servicios prestados al titular saliente, César Alfredo Aguilar Alvarado, y da por terminada su designación al frente del operador del sistema eléctrico.
La decisión se produce en el contexto de una emergencia energética declarada por el propio operador. Según el Acuerdo MAE-MAE-2026-0098-AM, publicado en el Registro Oficial Nº 400 del 29 de octubre de 2026, el CENACE remitió el 2 de octubre, mediante oficio CENACE-CENACE-2026-1881-0, el informe y actualización del «Plan de Contingencia para Administrar la Condición de Déficit de Generación en el Sistema Nacional Interconectado», que justifica medidas de gestión y restricción de la demanda de entre el 15 % y el 20 % para evitar que el embalse equivalente de Mazar descienda por debajo de su cota crítica de 2125 m s. n. m.
La salida del titular anterior y la validación del perfil
La vacante se abrió cuando Aguilar Alvarado puso el cargo a disposición mediante oficio CENACE-CENACE-2026-1958-O, del 14 de octubre de 2026. Su renuncia fue aceptada el 16 de octubre de 2026 con el Memorando Nro. MAE-MAE-2026-0305-ME, suscrito por la máxima autoridad de la cartera.
Antes de la designación se cumplieron tres filtros internos, todos fechados el 16 de octubre de 2026:
- Informe Técnico Nro. DATH-2026-1358, de la Dirección de Administración del Talento Humano, que validó el perfil: declaración juramentada conforme al Art. 9 del Reglamento de la LOSPEE, ausencia de impedimento según el Art. 3 de la LOSEP y cumplimiento del Art. 22 de la LOSPEE.
- Memorando Nro. MAE-COGEJ-2026-1388-ME, de la Coordinación General Jurídica, que concluyó la viabilidad y pertinencia de expedir el acuerdo.
- Certificación del Secretario General, Luis Carlos Artieda Carrera, del 21 de octubre de 2026, que acredita que el acuerdo consta de cuatro hojas y es copia fiel del original suscrito con firma electrónica en el sistema Quipux.
Los requisitos legales del cargo
El artículo 22 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica (LOSPEE) exige cuatro condiciones para ocupar la dirección ejecutiva del CENACE:
- Ser ecuatoriano.
- Poseer título profesional en ingeniería eléctrica debidamente reconocido y de cuarto nivel académico.
- Acreditar experiencia profesional de al menos diez años en el sector eléctrico.
- Cumplir las demás condiciones del reglamento general de la ley.
A ello se suma el artículo 9 del Reglamento General de la LOSPEE, que obliga al titular, antes de su posesión, a presentar una declaración juramentada de no mantener ni haber mantenido en los últimos cinco años vínculos laborales con empresas privadas del sector eléctrico, ni poseer acciones o participaciones en ellas.
Competencias del operador y alcance del nombramiento
El artículo 20 de la LOSPEE define al CENACE como órgano técnico estratégico adscrito al ministerio rector, operador técnico del Sistema Nacional Interconectado (SNI) y administrador comercial de las transacciones de bloques energéticos, con autonomía operativa, administrativa, económica y técnica, y financiado por el Presupuesto General del Estado y los aportes de las empresas participantes.
El artículo 23 de la misma ley asigna al Director Ejecutivo, entre otras atribuciones, la representación legal, judicial y extrajudicial; la ejecución de la operación del sistema eléctrico; la fijación de las alícuotas anuales de las empresas participantes; la expedición de actos administrativos y suscripción de contratos; la presentación del informe técnico y económico anual dentro del primer trimestre, y la presentación del presupuesto operativo y de inversiones para aprobación ministerial.
El acuerdo recuerda además que el CENACE integra la estructura institucional del sector junto al Ministerio de Ambiente y Energía, la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL) y los institutos especializados, conforme al artículo 9 de la LOSPEE. La cartera rectora asumió esas competencias tras la fusión por absorción dispuesta por el Decreto Ejecutivo Nro. 94 del 14 de agosto de 2025, y Blum Baquero fue designado ministro mediante el Decreto Ejecutivo Nro. 376 del 7 de mayo de 2026.
Vigencia, posesión y trámites pendientes
El acuerdo rige desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Sus disposiciones finales encargan la notificación a la Coordinación General Administrativa Financiera, la publicación en la web institucional a la Dirección de Comunicación Social y el envío al Registro Oficial a la Secretaría General. Las unidades administrativas del CENACE deberán ejecutar las acciones necesarias para perfeccionar lo dispuesto y proceder con la posesión de Lara Moreno; el texto advierte que el designado será responsable civil, administrativa e incluso penalmente por sus acciones u omisiones en el ejercicio del cargo.
El cambio de mando llega en el tramo más delicado del estiaje: el Ministerio de Ambiente y Energía ya dispuso mecanismos temporales de ahorro e incentivo a la eficiencia energética, con recargos a consumidores regulados de medio y alto voltaje y descuentos a usuarios residenciales que acrediten reducción verificable de consumo, cuya aplicación en noviembre y diciembre de 2026 quedó supeditada a la resolución de la ARCONEL. Para los lectores, la relevancia está en que el nuevo titular del CENACE será quien administre el despacho, las liquidaciones comerciales y la aplicación del plan de contingencia durante esos dos meses críticos, de modo que su gestión incidirá directamente en la continuidad del suministro y en las tarifas del último trimestre del año.
Fuente: Registro Oficial, Suplemento Nº 402, 4 de noviembre de 2026, Sección I (Función Ejecutiva, Acuerdos), pág. 2 (referencia oficial: MAE-MAE-2026-0103-AM).