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Registro Oficial del Ecuador · 07 Oct 2026 · 22 vistas

Ambiente y Energía actualiza el reglamento del préstamo BID 4989/OC-EC

Por FactBox Admin

Ambiente y Energía actualiza el reglamento del préstamo BID 4989/OC-EC

El Ministerio de Ambiente y Energía oficializó la actualización del Reglamento Operativo del Proyecto (ROP) del contrato de préstamo 4989/OC-EC con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), mediante el Acuerdo Ministerial MAE-MAE-2026-0083-AM. El instrumento fue firmado el 14 de septiembre de 2026 en Quito por el ministro Juan Carlos Damián Blum Baquero y se publicó en el Sexto Suplemento del Registro Oficial Nº 385 del miércoles 7 de octubre de 2026, con 78 páginas. La norma deroga el reglamento anterior y fija las reglas de ejecución y gasto del financiamiento multilateral.

El ROP rige la ejecución del “Programa de Gestión Sostenible de Recursos del Subsuelo e Infraestructura Asociada” (EC-L1257), financiado con el contrato suscrito el 22 de diciembre de 2020 entre la República del Ecuador y el BID por hasta USD 78.400.000 y con un plazo de desembolsos de cinco años. Los organismos ejecutores son el Ministerio de Ambiente y Energía (MAE) y el Instituto de Investigación Geológico y Energético (IIGE).

La actualización —Versión 2, agosto 2026— responde a la necesidad de armonizar el documento con la nueva denominación y estructura institucional del ministerio, con la conformación vigente de la Unidad de Gestión del Proyecto y con la normativa aplicable, además de definir políticas y procedimientos internos comunes para agilizar las contrataciones de bienes, obras, servicios y consultoría.

Componentes y proyectos de inversión

El reglamento distribuye la ejecución del programa en tres componentes:

  • Componente 1, “Fortalecimiento de la gestión estratégica sectorial”, a cargo del MAE.
  • Componente 2, “Generación de información sobre el potencial geológico del territorio ecuatoriano”, a cargo del IIGE.
  • Componente 3, “Promoción de inversiones sostenibles en el sector energético”, a cargo del MAE.

El documento detalla además los proyectos de inversión que canalizan los recursos, identificados por su Código Único de Proyecto (CUP):

  • “Programa de Gestión Sostenible del Sector Estratégico de Energía y Recursos Naturales No Renovables e Infraestructura Asociada”, CUP 144190000.0000.385885, implementado por el MAE.
  • “Investigación Geológica y Disponibilidad de Ocurrencias de Recursos Minerales en el Territorio Ecuatoriano”, CUP 144270000.0000.375789, implementado por el IIGE.
  • “Estudio para la implementación del Centro de Monitoreo Piloto de depósitos de relaves aplicado a minas de gran escala en Ecuador”, CUP 144270000.0000.385666, implementado por el IIGE.

No objeción del BID y trámite previo

La formalización culminó un procedimiento escalonado ante el banco multilateral. El MAE, a través de su firma autorizada, remitió la propuesta de actualización mediante el Oficio Nro. MAE-CBID-2026-0026-O de 15 de agosto de 2026, con copia al otro organismo ejecutor. El BID emitió su pronunciamiento de no objeción con la comunicación Nro. O-CAN/CEC-853/2026 del 1 de septiembre de 2026.

Luego se sumaron el informe técnico favorable, remitido por memorando Nro. MAE-CBID-2026-0309-M de 3 de septiembre de 2026, y el informe jurídico favorable de la Coordinación General Jurídica, mediante Memorando Nro. MAE-COGEJ-2026-1189-ME de 7 de septiembre de 2026. El acuerdo dispone que la Unidad de Gestión del Proyecto socialice el reglamento en todas las unidades administrativas y que la Secretaría General gestione su publicación en el Registro Oficial.

Equipo, ejecución y vigencia

Para la gestión del programa en el MAE, el reglamento define una unidad de gestión propia integrada por un coordinador general, un especialista financiero, dos especialistas en adquisiciones, cuatro especialistas técnicos en minería, hidrocarburos y temas sociales y ambientales, y un analista de seguimiento y monitoreo, todos financiados con recursos del préstamo.

La ejecución del acuerdo y del reglamento se encarga al Viceministerio de Minas, al Viceministerio de Hidrocarburos, al Viceministerio de Electricidad y Energía Renovable, a la Subsecretaría Territorial Estratégica y de Información, a la Unidad de Gestión del Proyecto, a la Coordinación General de Planificación y Gestión Estratégica y a la Coordinación General Administrativa Financiera. El instrumento entró en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación, y su copia debe remitirse al BID e informarse al otro organismo ejecutor sobre las secciones modificadas.

El ajuste importa porque el ROP es parte integral del contrato de préstamo y de uso obligatorio para todos los actores vinculados al programa: define cómo se adquiere, se contabiliza y se desembolsa un financiamiento de USD 78,4 millones destinado a fortalecer la gestión del sector minero y energético y a generar información geológica del territorio ecuatoriano.


Fuente: Registro Oficial, Sexto Suplemento Nº 385, miércoles 7 de octubre de 2026, Sección I, pág. 1 (referencia oficial: Acuerdo Ministerial Nro. MAE-MAE-2026-0083-AM).