Boletín Oficial del Registro Mercantil · 07 Sep 2026 · 1 vistas
Alter Cap II reduce su capital en 4,3 millones de euros
Por FactBox Admin

La junta general extraordinaria y universal de Alter Cap II SCR, S.A., celebrada el 25 de junio de 2026, acordó por unanimidad reducir el capital social mediante la amortización de acciones propias, con el fin de devolver aportaciones a sus accionistas. El acuerdo se ha hecho público en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) número 172, de 7 de septiembre de 2026, página 6087, en la sección segunda de anuncios y avisos legales, bajo la referencia BORME-C-2026-4879.
La operación se realiza en cumplimiento del artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que regula la publicidad de las reducciones de capital. El anuncio, firmado en Sevilla el 2 de septiembre de 2026 por el administrador único, Alter Capital Desarrollo SGEIC, S.A., representado por Don Ángel González Bravo, abre además el plazo legal de oposición para los acreedores de la sociedad.
Dos acuerdos de reducción por amortización
La junta adoptó dos acuerdos complementarios de reducción del capital social, ambos mediante la amortización de acciones propias de 1 euro de valor nominal cada una:
- Primer acuerdo: reducción de 4.346.496 euros, mediante la amortización de 4.346.496 acciones propias, numeradas de la 1 a la 1.182.720, de la 1.200.001 a la 2.481.280 y de la 2.500.001 a la 4.382.496, todas de la misma clase.
- Segundo acuerdo: reducción de 12.789 euros, mediante la amortización de 12.789 acciones propias, numeradas de la 1.182.721 a la 1.186.200, de la 2.496.231 a la 2.500.000 y de la 4.404.462 a la 4.410.000.
En conjunto, la sociedad amortiza 4.359.285 acciones propias, por un importe total de 4.359.285 euros, lo que supone la reducción efectiva de más de 4,3 millones de euros de su capital social.
Devolución de aportaciones y tratamiento contable
Las acciones amortizadas se encontraban en autocartera, tras haber sido adquiridas previamente por la sociedad por título de compraventa. La finalidad de ambos acuerdos es la devolución de aportaciones a los accionistas mediante la adquisición de las acciones indicadas para su posterior amortización.
Como consecuencia de la amortización, se registra una reducción del importe del capital social igual al valor nominal de las acciones amortizadas. La diferencia entre el precio de adquisición y el valor nominal de las citadas acciones se asigna contra reservas.
Plazo de oposición para los acreedores
El anuncio se publica a los efectos de que los acreedores de la sociedad puedan formular su derecho de oposición a la reducción de capital en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.
La operación refuerza la política de retorno de capital de la sociedad de capital riesgo sevillana, que devuelve a sus partícipes parte de los fondos comprometidos una vez materializadas sus inversiones. Para los acreedores, el anuncio constituye la garantía legal de poder oponerse a la reducción antes de que esta se consolide, protegiendo sus créditos frente a la sociedad.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), núm. 172, 7 de septiembre de 2026, sección segunda (anuncios y avisos legales), pág. 6087 (referencia oficial: BORME-C-2026-4879).
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil · Boletín Oficial del Registro Mercantil de 2026-09-07