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Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 19 Oct 2026 · 5 vistas

Alegría-Dulantzi abre a alegaciones la revisión de la ordenanza del IBI

Por FactBox Admin

Alegría-Dulantzi abre a alegaciones la revisión de la ordenanza del IBI

El Ayuntamiento de Alegría-Dulantzi ha abierto el periodo de información pública de la modificación de la ordenanza fiscal que regula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). La aprobación inicial la adoptó el Pleno municipal en sesión ordinaria del 7 de octubre de 2026, y el anuncio se publica en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) número 120, correspondiente al 19 de octubre de 2026, con referencia oficial 2026_120_02917. Los interesados disponen de treinta días para examinar el texto y presentar reclamaciones.

La corporación aprobó inicialmente el cambio en la ordenanza del IBI al amparo de los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del artículo 56 del Texto Refundido de Régimen Local. El acuerdo se somete ahora al trámite preceptivo de información pública antes de su aprobación definitiva.

El anuncio no detalla en su texto el contenido concreto de la modificación —ni tipos de gravamen ni bonificaciones—, sino que remite al texto íntegro depositado para consulta. Se trata, por tanto, de una revisión de la ordenanza fiscal municipal que afecta a todos los titulares de bienes inmuebles del término municipal, tanto urbanos como rústicos, al ser el IBI un tributo de exacción obligatoria y de gestión municipal.

Treinta días para examinar y alegar

El plazo de información pública es de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente al de la inserción del anuncio en el BOTHA. Durante ese periodo, cualquier interesado puede consultar el expediente y formular las alegaciones que estime oportunas.

  • Examen presencial: en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Alegría-Dulantzi.
  • Consulta telemática: en la sede electrónica municipal, en la dirección https://alegria-dulantzi.egoitzaelektronikoa.eus/info.0.
  • Plazo: 30 días desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOTHA.
  • Órgano que aprobó inicialmente: el Pleno, en sesión ordinaria del 7 de octubre de 2026.

El anuncio está firmado en Alegría-Dulantzi a 9 de octubre de 2026 por el alcalde, Joseba Koldo Garitagoitia Odria.

Aprobación definitiva sin acuerdo expreso

Si no se presenta ninguna reclamación dentro del plazo señalado, la modificación de la ordenanza fiscal del IBI quedará definitivamente aprobada sin necesidad de un acuerdo expreso del Pleno. Es el efecto previsto en la normativa de régimen local para los trámites de información pública que no reciben alegaciones.

En la misma sesión del 7 de octubre de 2026, el Pleno de Alegría-Dulantzi aprobó también inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de la recogida de residuos municipales, publicada en el mismo número del BOTHA con referencia 2026_120_02913. En ese caso, el plazo es de treinta días hábiles y las alegaciones deben dirigirse al alcalde y presentarse por vía telemática en el registro electrónico general del ayuntamiento, conforme al artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Impacto para los contribuyentes

La revisión de la ordenanza del IBI es el procedimiento que fija las reglas de un tributo que pagan anualmente todos los propietarios de inmuebles del municipio, por lo que cualquier cambio en el texto afecta directamente al recibo que abonan las economías domésticas y las empresas locales. El periodo de alegaciones es la única oportunidad formal para que los titulares de inmuebles y las asociaciones vecinales planteen objeciones antes de que la norma quede cerrada, y el hecho de que la aprobación definitiva pueda producirse de forma automática hace especialmente relevante presentar escritos dentro del plazo de 30 días.


Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), nº 120, 19 de octubre de 2026, sección II - Administración Local, pág. 1 (referencia oficial: 2026_120_02917).