BOP de Lleida · 16 Sep 2026 · 14 vistas
Alcarràs pasa todo el ciclo del agua a gestión indirecta por concesión
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Alcarràs, en sesión ordinaria del 9 de septiembre de 2026, aprobó que el servicio del ciclo integral del agua se gestione completamente de forma indirecta, en la modalidad de concesión de servicios. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida número 177, de 16 de septiembre de 2026, edicto 7704, páginas 1 a 4, con la referencia oficial CVE BOP-2026_0_177_7704. El cambio abarca tanto el abastecimiento de agua a las masías como el alcantarillado de todo el municipio.
El expediente comienza hace tiempo. Por acuerdo de Pleno de 14 de diciembre de 2000 ya se aprobó inicialmente la modificación de la forma de gestión del suministro de agua para pasarlo a concesión, y el expediente se sometió a información pública mediante edictos publicados en el BOP número 8, de 18 de enero de 2001, y en el DOGC número 3312, de 24 de enero de 2001. Aquel acuerdo, sin embargo, quedó incompleto: el servicio de agua a las masías se siguió prestando de forma directa y, por acuerdo de Pleno de 30 de enero de 2003, formalizado el 9 de abril de 2003, la concesión se amplió al alcantarillado.
Según el punto 5 del estudio de viabilidad del nuevo contrato, el Ayuntamiento de Alcarràs considera que la forma más sostenible y eficiente para gestionar el abastecimiento de agua potable y el alcantarillado es mantener la modalidad de gestión indirecta con un nuevo contrato de concesión de servicios. El expediente se ha sometido a información pública con edictos en el BOP número 133, de 15 de julio de 2026, y en el DOGC número 9708, de la misma fecha, además del tablón de anuncios de la sede electrónica.
Un cambio con raíces en el 2000
El acuerdo aprobado distingue dos movimientos. En el servicio de agua a las masías el cambio es material, dado que la modificación de 2001 no preveía ninguna exclusión de la gestión indirecta. En el alcantarillado el cambio es formal, porque cuando se incorporó a la concesión en el año 2003 no se modificó la forma de gestión.
Los trabajos previstos ya están realizados:
- Memoria justificativa del cambio de forma de gestión.
- Proyecto de prestación del servicio.
- Tres disposiciones generales que establecen el régimen jurídico de la prestación.
El riesgo operacional pasa al concesionario
El documento recuerda que el servicio tiene características propias de una actividad susceptible de explotación económica, con traslación del riesgo operacional desde la Administración contratante al concesionario y con ingresos vinculados a las tarifas o contraprestaciones que satisfacen los usuarios. Los riesgos que asume el adjudicatario son:
- La demanda y la evolución de los consumos.
- Los costes de explotación y el mantenimiento de las instalaciones.
- Las averías y la morosidad.
- Las obligaciones de calidad y continuidad del servicio.
Duración, normativa y vías de recurso
El contrato se rige por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, especialmente los artículos 15, 29 y del 284 al 297. La duración se calculará en función de los servicios y, si supera los cinco años, no podrá exceder el tiempo razonable para que el concesionario recupere las inversiones con un rendimiento sobre el capital; el Pliego prevé una ampliación máxima del 15% para restablecer el equilibrio económico. La tramitación exige estudio de viabilidad y, si hay obras, anteproyecto de construcción y explotación.
La votación fue de 4 votos a favor de ERC, 3 de JXALCA y 4 en contra de SA-PSC. Contra la resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer:
- Recurso de reposición ante la Alcaldía en el término de un mes.
- Recurso contencioso administrativo ante el Tribunal de Instancia de Lleida, Sección contenciosa administrativa, en el término de dos meses.
El acuerdo está firmado por el alcalde, Jordi Castany Camí, en fecha 14 de septiembre de 2026.
Con este paso, Alcarràs cierra un proceso abierto hace más de veinte años y unifica bajo un único concesionario todo el ciclo del agua, una decisión que afecta directamente a todos los usuarios del municipio y que abre la licitación de un contrato de larga duración con el riesgo del servicio en manos privadas.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Lleida, núm. 177, de 16 de setembre de 2026, Administració Local - Ajuntaments, pàg. 1-4 (referència oficial: CVE BOP-2026_0_177_7704).