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Butlletí Oficial de les Illes Balears · 25 Aug 2026 · 4 vistas

Ayudas de movilidad para el alumnado de FP entre islas

Por FactBox Admin

La Conselleria de Educación y Universidades ha convocado ayudas de movilidad para el alumnado de formación profesional del sistema educativo que cursa estudios en centros sostenidos con fondos públicos situados en una isla diferente a la de residencia, dentro del ámbito de las Islas Baleares, para el curso 2026-2027. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 106, de 25 de agosto de 2026, mediante la Resolución 8571 del consejero de Educación y Universidades, Antoni Vera Alemany, firmada electrónicamente el 21 de agosto de 2026.

La medida responde a la realidad insular de la comunidad: la oferta de formación profesional de los centros sostenidos con fondos públicos se concentra en Mallorca, lo que supone una menor cantidad de oportunidades para el alumnado de Ibiza, Menorca y Formentera. Los elevados precios de la vivienda y el incremento del coste del transporte entre islas añaden una dificultad adicional a la movilidad de los estudiantes. La convocatoria se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 (línea III.3.2) y se adecua a las bases reguladoras de la Orden 20/2025, de 9 de julio, del consejero de Educación y Universidades.

Dos líneas de ayuda

La convocatoria establece dos líneas de subvención dirigidas al alumnado matriculado en grados D o E de formación profesional, en régimen general y modalidad presencial:

  • Línea 1 (movilidad para cursar los estudios): para quien cursa los estudios en una isla diferente a la de residencia habitual, cuando en la isla de empadronamiento no existe la oferta formativa solicitada o no se ha obtenido plaza.
  • Línea 2 (movilidad para realizar la FEMPO): para quien debe llevar a cabo la fase de Formación en Empresa u Organismo Equiparado en una isla diferente a la del centro educativo, por falta de centros de trabajo disponibles en la isla de origen.

El alumnado no puede ser beneficiario simultáneamente de las dos líneas, y las ayudas son incompatibles con cualquier otra beca o subvención de finalidad similar, incluidas las becas del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para residencia y desplazamiento.

Cuantías y financiación

El crédito inicialmente asignado a la convocatoria es de 60.000 euros, con carácter plurianual e imputado íntegramente al ejercicio 2027 (partida 13901 421G07 48000 00). Las cuantías máximas son las siguientes:

  • Línea 1, grado D: 2.500 euros por curso.
  • Línea 1, grado E: 1.500 euros por curso.
  • Línea 2: 3 euros por cada hora de FEMPO realizada en una isla diferente a la del centro.

Si el crédito no es suficiente para atender todas las solicitudes valoradas positivamente, se aplicará un prorrateo proporcional del importe individual de cada ayuda hasta el agotamiento del crédito. El órgano instructor es la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa, y la resolución de concesión corresponde al consejero de Educación y Universidades.

Plazos y tramitación

Las solicitudes se pueden presentar del 1 de junio de 2027 al 5 de agosto de 2027, preferentemente por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La presentación electrónica es obligatoria para el alumnado de grado D de nivel 3 y para el de grado E. El calendario prevé la publicación de la propuesta de resolución provisional el 13 de septiembre de 2027, un trámite de audiencia del 14 al 28 de septiembre de 2027 y la resolución definitiva, que se publicará en el BOIB a partir del 5 de octubre de 2027.

La convocatoria, que no tiene la consideración de ayuda de Estado al tratarse de educación pública, pretende garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la oferta formativa y favorecer la continuidad de los estudios de formación profesional. Para el alumnado de las islas menores, estas ayudas son una herramienta clave para compensar la insularidad y hacer posible que puedan elegir un centro en condiciones equiparables a las del resto de estudiantes.


Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), núm. 106, 25 d’agost de 2026, Secció III, pàg. 46094 (referencia oficial: Resolución 8571 del consejero de Educación y Universidades).