Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 08 Oct 2026 · 20 vistas
Agricultura abre ayudas de un millón de euros para las despojas de bovino
Por FactBox Admin

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (DARPA) ha abierto la convocatoria de ayudas de minimis para compensar a las explotaciones ganaderas de bovino de Cataluña por los costes del comisariado de los despojos derivado de las restricciones sanitarias por dermatosis nodular contagiosa. La medida se formaliza con la Resolución ARP/3566/2026, de 29 de septiembre, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9769, de 8 de octubre de 2026, con la referencia CVE-DOGC-A-26279047-2026. La convocatoria tiene una dotación máxima de 1.000.000,00 euros.
Marco normativo y origen de la ayuda
La convocatoria deriva de la Orden ARP/170/2026, de 8 de septiembre, por la cual se aprueban las bases reguladoras que han de regir las ayudas a las explotaciones ganaderas de bovino de Cataluña afectadas por la dermatosis nodular contagiosa (DOGC núm. 9749, de 10.9.2026). El régimen aplicable es el del Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.
Según el texto de la Resolución, el objeto de la subvención es compensar a las explotaciones ganaderas de bovino de Cataluña por los costes y las pérdidas de ingresos derivados de las medidas obligatorias de control y erradicación adoptadas tras la declaración de focos de dermatosis nodular contagiosa en Cataluña. La finalidad declarada es fomentar las políticas en el ámbito de la sanidad animal.
El antecedente inmediato se remonta a noviembre de 2025, cuando el Gobierno adoptó medidas sanitarias de salvaguarda frente a la dermatosis nodular contagiosa en Cataluña, según recoge el DOGC en otra disposición de ese mismo año.
Cuantías, módulo y periodo subvencionable
- Importe de la ayuda: 90,00 euros por cada despojo comisariado.
- Cálculo: cada animal sacrificado equivale a un despojo.
- Periodo subvencionable: del 3 de octubre de 2025 al 17 de noviembre de 2025, ambos incluidos.
- Fuente de los datos: el programa de gestión telemática ganadera (GTR) del DARPA.
- Límite por empresa: 50.000,00 euros en cualquier periodo de tres años, sumando todas las ayudas de minimis recibidas, independientemente de la administración otorgante.
- Partida presupuestaria: AG03/D/470000100/6110/0002, “a empresas privadas”, de los presupuestos del DARPA de 2026.
- Código BDNS: 933357.
La cuantía total máxima se puede ampliar de acuerdo con el artículo 92.4.b del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, siempre que haya disponibilidad efectiva de crédito antes de la resolución de concesión.
Plazos, tramitación y recursos
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles y comienza al día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC. Las solicitudes deben presentarse de manera telemática y formalizarse según los modelos que figuran en la sede electrónica.
- Órgano instructor: Servicio de Sanidad Animal.
- Órgano competente para resolver: Dirección General de Agricultura y Ganadería.
- Régimen de concesión: concurrencia no competitiva, sin comparar las solicitudes, según los fondos disponibles.
- Plazo para resolver y publicar: seis meses desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria.
- Justificación: junto con la solicitud, por módulos, con memoria explicativa y memoria económica.
- Silencio administrativo: desestimatorio si no se dicta y notifica resolución expresa en plazo.
Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano competente en el plazo de un mes, o bien directamente un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses. La Resolución lleva la fecha de Barcelona, 29 de septiembre de 2026, y la firma del consejero Òscar Ordeig i Molist.
Impacto para el sector
Las ayudas llegan después de que en noviembre de 2025 se adoptaran medidas sanitarias de salvaguarda por la enfermedad, que obligaron a restringir los movimientos de animales destinados a matadero y encarecieron la recogida de despojos en las explotaciones sin vaciado sanitario. La convocatoria cubre precisamente este sobrecoste, calculado sobre los animales enviados a matadero durante el otoño de 2025.
Para las explotaciones beneficiarias, el trámite es único: la justificación se presenta junto con la solicitud y el pago se efectúa una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos. El límite de 50.000 euros por empresa en tres años y el carácter no competitivo de la concesión son los dos elementos que condicionan el alcance real de la ayuda.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 9769, 8 d’octubre de 2026, Altres disposicions, pàg. 1-5 (referencia oficial: CVE-DOGC-A-26279047-2026).