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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 18 Sep 2026 · 15 vistas

Agricultura convoca cinco millones en ayudas agrarias del Fondo de Transición Nuclear

Por FactBox Admin

Agricultura convoca cinc milions en ajuts agraris del Fons de Transició Nuclear

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (DARPA) ha convocado ayudas a inversiones para explotaciones agrarias dotadas con 5.000.000,00 de euros en el marco del Fondo de Transición Nuclear (FTN). La convocatoria se aprueba por la Resolución ARP/3287/2026, de 10 de septiembre, y se publica en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9754, de 18 de septiembre de 2026, con la referencia CVE-DOGC-A-26259037-2026. El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación.

La convocatoria deriva de las bases reguladoras aprobadas por la Orden ARP/76/2026, de 11 de mayo (DOGC núm. 9665, de 14.5.2026), y responde a los acuerdos de la sesión del órgano de gobierno del Fondo de 9 de abril de 2026, que aprobaron por unanimidad una línea de concurrencia competitiva para los territorios beneficiarios de las zonas de planificación I y II del Plan de emergencia nuclear exterior a las centrales de Ascó y Vandellòs (PENTA). La finalidad declarada es paliar el impacto socioeconómico del futuro cierre de las centrales, reforzando la viabilidad, la competitividad y la sostenibilidad de las explotaciones agrarias de las zonas afectadas. Las ayudas se enmarcan en el artículo 14 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, con la referencia de ayuda SA.123671 y el código BDNS 929691.

Cinco millones repartidos a partes iguales entre PENTA I y PENTA II

La cuantía máxima de la convocatoria es de 5.000.000,00 de euros, consignada en la aplicación presupuestaria AG02 D/770000100/6120/0072 AINSTA-NU de los presupuestos del DARPA del año 2028. El reparto es simétrico entre los dos ámbitos territoriales:

  • Un 50% del presupuesto se destina a explotaciones ubicadas en municipios de la zona de afectación PENTA I.
  • El otro 50% se destina a explotaciones de municipios de la zona PENTA II.
  • El sobrante asignado a una de las dos zonas se puede aplicar a la otra.
  • La dotación se puede ampliar según el artículo 92.4.b del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya, y la tramitación es plurianual.

El ámbito territorial se detalla en el anexo III de la Resolución. En la zona PENTA I figuran, entre otros, Ascó, Corbera d’Ebre, El Molar, Flix, Garcia, La Fatarella, La Figuera, La Palma d’Ebre, La Torre de l’Espanyol, L’Ametlla de Mar, Móra d’Ebre, Móra la Nova, Riba-roja d’Ebre, Tivissa, Vinebre, Mont-roig del Camp, Pratdip y Vandellòs i l’Hospitalet de l’Infant. La zona PENTA II incluye decenas de municipios del Priorat, la Ribera d’Ebre, la Terra Alta, el Baix Camp, el Baix Ebre, el Montsià, el Segrià y las Garrigues, como Falset, Gandesa, Batea, Miravet, Xerta, El Perelló, Riudoms, Seròs, Aitona o Maials. Una explotación se considera de zona I cuando un 50% o más de las tierras de cultivo, de la explotación ganadera o de la inversión en bienes inmuebles se ubican en municipios PENTA I; en el resto de casos se clasifica en la zona II.

Hasta el 65% de la inversión y prioridad para jóvenes y mujeres

La ayuda cubre hasta el 65% de los gastos subvencionables y se incrementa en un 10% cuando la titular es una persona agricultora joven instalada en los cinco años anteriores a la solicitud, incluyendo los casos de instalación compartida, en cotitularidad o en sociedad. El volumen total de inversión en tres convocatorias no puede superar los 200.000,00 euros por unidad de trabajo (UTA), con un máximo de 700.000,00 euros por explotación; para la creación de nuevas marcas oficiales ganaderas el límite llega a los 800.000,00 euros por explotación.

Son actuaciones subvencionables:

  • Construcción, adquisición o mejora de inmuebles almacenes agrícolas, bienes inmuebles análogos o cubiertos agrícolas.
  • Adquisición e instalación de maquinaria y equipos nuevos, incluyendo sistemas de agricultura de precisión (GPS, sensores de rendimiento, autoguiado, telemetría).
  • Inversiones en ganadería que aumenten la capacidad inscrita en el Registro de explotaciones ganaderas o creen nuevas marcas oficiales.
  • Gastos generales vinculados, como honorarios de arquitectos e ingenieros o estudios de viabilidad, hasta un 8% de la inversión subvencionable, con un máximo del 4% para gastos de gestión.

La valoración de las solicitudes se realiza sobre un máximo de 75 puntos, con criterios como la condición de persona joven agricultora (25 o 20 puntos), la catalogación de explotación agraria prioritaria (20 puntos), la ubicación en zonas con limitaciones naturales (7 o 10 puntos), la inversión en maquinaria nueva por encima del 50% (7 puntos), la titularidad femenina (5 puntos) y la inscripción al Consell Català de la Producció Agrària Ecològica (CCPAE) con al menos el 50% de la inversión en ecológico (8 puntos). La Comisión de Valoración está integrada por los subdirectores generales de Planificación Rural, de Gestión y Control de Ayudas Directas y de Agricultura. El órgano instructor es el Servei d’Ajuts a la Competitivitat Agrària, y resuelve la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Rural.

Plazos de ejecución, justificación y recursos

Las solicitudes se presentan por medios telemáticos a través de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya y con los formularios normalizados del DARPA. La resolución se debe dictar y publicar en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria; transcurrido este plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.

El plazo de ejecución de las actuaciones finaliza el 1 de marzo de 2028, y el de justificación y presentación de solicitudes de pago, el 15 de marzo de 2028, con posibilidad de ampliación. Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en el plazo de dos meses, o bien recurso de reposición ante la persona titular del DARPA en el plazo de un mes. La Resolución la firma el consejero Òscar Ordeig i Molist, y, por encargo del despacho (Decreto 158/2026, de 4 de septiembre, DOGC núm. 9748, de 9.9.2026), la consejera de Economía y Finanzas, Alícia Romero Llano.

La convocatoria llega al sector agrario de las comarcas del Ebro, el Priorat, el Camp de Tarragona y el Segrià en un momento de transición energética, y abre un mes de margen para que las explotaciones de las zonas PENTA I y II presenten proyectos de inversión con financiación pública de hasta el 65%.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 9754, 18 de septiembre de 2026, Otras disposiciones (referencia oficial: CVE-DOGC-A-26259037-2026).