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BOP de Soria · 09 Oct 2026 · 20 vistas

Adradas somete a información pública la modificación del IBI de bienes especiales

Por FactBox Admin

Adradas somete a información pública la modificación del IBI de bienes especiales

El Ayuntamiento de Adradas ha aprobado provisionalmente la modificación puntual de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Bienes de Características Especiales (BICES). El acuerdo lo adoptó el Pleno municipal en sesión ordinaria del 25 de septiembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 117, correspondiente al viernes 9 de octubre de 2026, con la referencia BOPSO-117-09102026. La inserción del anuncio abre un plazo de treinta días para que los interesados examinen el expediente y presenten las reclamaciones que estimen oportunas.

Aprobación provisional y plazo de exposición pública

El expediente de modificación puntual fue instruido por los servicios competentes de la entidad local, según recoge el anuncio firmado por el alcalde César Huerta Hernando el 1 de octubre de 2026. La aprobación provisional se acordó en la sesión ordinaria del Pleno celebrada el 25 de septiembre de 2026.

La convocatoria se ajusta a lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El plazo es de treinta días y se computa a contar desde el día siguiente al de la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria.

  • Plazo: treinta días desde el día siguiente a la publicación.
  • Objeto: examinar el expediente y formular reclamaciones o alegaciones.
  • Órgano que aprueba provisionalmente: el Pleno del Ayuntamiento de Adradas.
  • Fecha de la sesión: 25 de septiembre de 2026.

Consulta en dependencias municipales y sede electrónica

Durante el plazo de exposición pública, cualquier interesado podrá examinar el expediente en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Adradas y presentar las alegaciones que considere pertinentes. El texto estará también a disposición de los interesados en la sede electrónica municipal, accesible en http://adradas.sedelectronica.es.

El anuncio no detalla en el boletín el contenido concreto de la modificación, que deberá consultarse en el expediente. La ordenanza afecta al Impuesto sobre Bienes Inmuebles en su categoría de bienes de características especiales (BICES), de modo que la revisión incide en la regulación fiscal de este tipo de inmuebles en el término municipal.

Aprobación definitiva si no hay reclamaciones

Si transcurrido el plazo de treinta días no se hubieran presentado reclamaciones, el acuerdo se considerará aprobado definitivamente, según señala el propio anuncio. En caso contrario, las alegaciones deberán ser resueltas antes de la aprobación definitiva de la ordenanza.

En la misma sesión ordinaria del 25 de septiembre de 2026, el Pleno del Ayuntamiento de Adradas aprobó también provisionalmente la modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, publicada en el mismo número del boletín, en la página 3443.

Impacto para los propietarios

La modificación de la ordenanza del IBI de bienes de características especiales afecta directamente a los propietarios de este tipo de inmuebles en Adradas, que disponen de un mes para revisar el expediente y alegar antes de que la norma quede aprobada definitivamente. El trámite se sustancia por vía de información pública, por lo que cualquier vecino o interesado puede consultar el texto en el ayuntamiento o en la sede electrónica municipal.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 117, 9 de octubre de 2026, Administración Local (Ayuntamientos), pág. 3442 (referencia oficial: BOPSO-117-09102026).