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Diario Oficial de la Federación · 15 Sep 2026 · 4 vistas

Acuerdo Nacional por Bosques, Selvas y Manglares para frenar la deforestación

Por FactBox Admin

Acuerdo Nacional por Bosques, Selvas y Manglares para frenar la deforestación

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Nacional Forestal (Conafor) publicaron el Acuerdo Nacional por los Bosques, Selvas y Manglares, un instrumento de carácter general que fija directrices de observancia obligatoria para sus unidades administrativas con el fin de frenar la deforestación y la degradación de los ecosistemas forestales. El documento aparece en el Diario Oficial de la Federación del martes 15 de septiembre de 2026, en su edición número 251/2026, páginas 8 a 13, y fue firmado en Zapopan, Jalisco, el 4 de septiembre de 2026.

El acuerdo lo suscriben Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y Sergio Humberto Graf Montero, Director General de la Comisión Nacional Forestal, con fundamento en los artículos 4, 25 y 27 de la Constitución, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Planeación y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Su objetivo es contribuir a garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano y al desarrollo sustentable.

Un diagnóstico crítico del sector forestal

El instrumento parte de un balance adverso. México cuenta con 138.7 millones de hectáreas de riqueza forestal, equivalentes al 71% del territorio nacional, pero entre 2019 y 2024 se registró una pérdida total de 1,067,988 hectáreas de bosques, selvas y otros ecosistemas forestales arbolados, un promedio de 177,998 hectáreas por año, atribuida principalmente al cambio de uso de suelo para actividades agrícolas y ganaderas.

Los incendios forestales alcanzaron en 2024 niveles históricos, con más de 1.6 millones de hectáreas siniestradas, reflejo de eventos extremos asociados al cambio climático y de prácticas inadecuadas en el uso del fuego. En las zonas forestales viven 11.9 millones de personas en 103,605 localidades, de las cuales el 30% es indígena o afromexicana, y buena parte de la vegetación se encuentra en 16,953 ejidos, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Diez directrices de acción

El artículo primero del acuerdo establece diez directrices que deberán aplicar las unidades de la Semarnat y la Conafor:

  • Conservar, restaurar y reforestar bosques y selvas.
  • Garantizar la conservación y restauración de los manglares como ecosistemas estratégicos.
  • Promover la producción sustentable libre de deforestación, con participación del sector agrícola y ganadero.
  • Impulsar el desarrollo forestal y fortalecer la silvicultura comunitaria.
  • Apoyar a empresas forestales lideradas por mujeres.
  • Colaborar entre los sectores público, privado y social para fomentar cadenas de valor forestales sostenibles.
  • Impulsar el financiamiento de programas de pago por servicios ambientales.
  • Fortalecer el Programa de Manejo del Fuego y prevenir incendios de origen agropecuario.
  • Impulsar la comercialización de productos forestales de origen legal contra la tala ilegal.
  • Simplificar y modernizar los trámites forestales para ejidos, comunidades y pequeños propietarios.

Coordinación y seguimiento

El acuerdo prevé que la Semarnat y la Conafor promuevan convenios de coordinación y concertación con entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como con comunidades forestales, pueblos indígenas y afromexicanos, mujeres, jóvenes y los sectores académico, profesional, industrial, agrícola y pecuario. La Conafor deberá dar seguimiento a la implementación e informar a la Semarnat de forma semestral.

El instrumento entra en vigor al día siguiente de su publicación y no implica recursos adicionales: las erogaciones se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado de los ejecutores de gasto. Con ello, el Gobierno federal busca articular la política forestal con los compromisos del Acuerdo de París, la Estrategia Nacional para la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación Forestal (ENAREDD+) y el objetivo de cero deforestación neta.


Fuente: Diario Oficial de la Federación, edición 251/2026, 15 de septiembre de 2026, Poder Ejecutivo, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, págs. 8-13 (Acuerdo Nacional por los Bosques, Selvas y Manglares).