BOP de A Coruña · 13 Aug 2026 · 10 vistas
La Xunta paga justo precio e intereses de demora en seis carreteras.
Por FactBox Admin

La Agencia Gallega de Infraestructuras acordó realizar el pago del justiprecio y de los intereses de demora por las expropiaciones vinculadas a seis obras viarias en la provincia de A Coruña. Así lo establecen seis resoluciones del Servicio Provincial de A Coruña, firmadas el 10 de agosto de 2026 por su jefe, Felipe de la Vega Gándaras, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña (BOP) número 153, de 13 de agosto de 2026. Los titulares de los bienes y derechos afectados disponen de diez días hábiles para acreditar la titularidad de la cuenta bancaria y poder recibir la transferencia.
Los pagos se tramitan al amparo del artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957, en virtud de la competencia delegada por la Orden de 7 de septiembre de 2017, publicada en el DOG nº 179 de 20 de septiembre de 2017. La cuantía que se abonará será el resultado de deducir del justiprecio el importe correspondiente al depósito previo, y el pago se realizará mediante transferencia bancaria a favor de quien figure como titular en el expediente.
Seis obras, seis resoluciones
Las resoluciones afectan a obras de titularidad autonómica en seis municipios y combinan dos tipos de pago: el justiprecio (por jurado o por mutuos acuerdos) y los intereses de demora.
- 2026/5285 – justiprecio por jurado de la glorieta en el punto kilométrico 98+340 de la AC-550, en Porto do Son (clave AC/19/076.06).
- 2026/5284 – mutuos acuerdos del acondicionamiento de la AC-406, tramo Val do Dubra–AC-444, en los municipios de Val do Dubra y A Baña (clave AC/22/023.02).
- 2026/5318 – intereses de demora de las obras de emergencia para reparar los daños del temporal de enero de 2023, en Valdoviño (clave AC/23/004.02).
- 2026/5317 – intereses de demora de los trabajos de minoración de efluentes ácidos en el entorno del desmonte de los Airíos y el viaducto del Eume, en As Pontes (clave AC/22/108.09).
- 2026/5320 – intereses de demora del acondicionamiento y rehabilitación del puente de piedra sobre el río Grande de Baio, en Zas (clave AC/19/044.02).
- 2026/5319 – intereses de demora de la senda en la AC-305, tramo Casilla-Araño-Burés, en Rianxo (clave AC/19/005.06).
Diez días hábiles para acreditar la cuenta
Para que el pago se haga efectivo, los titulares deben aportar un certificado de titularidad de la cuenta bancaria con el número completo, incluidos IBAN y BIC, en el plazo de diez días hábiles, en el que todos los propietarios figuren conjuntamente como titulares. Si no se presenta la documentación, no es posible realizar la transferencia o no se acredita suficientemente la propiedad, el importe se depositará en la Caja General de Depósitos. En caso de cambio en la titularidad de la propiedad, deberá aportarse documentación que acredite la transmisión y el DNI del nuevo titular.
Dónde presentar la documentación
La documentación puede presentarse por cualquiera de estas vías:
- en las oficinas de asistencia en materia de registros;
- en las oficinas postales dirigidas al Servicio Provincial de la Agencia Gallega de Infraestructuras de A Coruña (calle Vicente Ferrer, 2-8ª planta, 15071 A Coruña);
- mediante presentación electrónica en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, procedimiento PR004A;
- por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con estas resoluciones, la administración autonómica desbloquea el abono de expedientes expropiatorios ligados a obras estratégicas de la red de carreteras de la provincia, desde la glorieta de la AC-550 en Porto do Son hasta la senda de la AC-305 en Rianxo. Para los propietarios afectados, el plazo de diez días hábiles es el dato clave: quien no acredite su cuenta a tiempo verá su importe ingresado en la Caja General de Depósitos, lo que puede retrasar el cobro.
Fuente: BOP de A Coruña (Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña), n.º 153, 13 de agosto de 2026, sección Administración Autonómica, pág. 1 (referencias oficiales: 2026/5285, 2026/5284, 2026/5318, 2026/5317, 2026/5320 y 2026/5319).