Diario Oficial de Galicia · 14 Aug 2026 · 10 vistas
La Xunta eleva a 2.233 euros o complemento por asistencia persoal
Por FactBox Admin

La Junta de Galicia actualiza las cuantías del complemento adicional de la prestación económica de asistencia personal del Sistema para la autonomía y atención a la dependencia (SAAD), que pasará a alcanzar los 2.233 euros mensuales y hasta los 2.485 euros en los casos de especial dedicación. La medida se aprobó mediante la Orden de 6 de agosto de 2026 de la Consejería de Política Social e Igualdad, publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) del viernes 14 de agosto, y producirá efectos económicos desde el 1 de mayo de 2025.
La norma modifica la Orden de 2 de enero de 2012, que desarrolla el Decreto 15/2010, de 4 de febrero, por el que se regula el reconocimiento de la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema. Según el texto, los costes asociados a esta prestación se incrementaron sustancialmente en los últimos años debido al aumento de los costes salariales, lo que justifica la actualización de la protección adicional que la comunidad autónoma financia con cargo a sus presupuestos.
Qué se modifica
El artículo 45 de la orden regula el nivel de protección adicional para las personas en situación de gran dependencia y dependencia severa. El complemento adicional se calcula como la diferencia entre la cuantía que le correspondería a la persona beneficiaria según los importes del SAAD y la cuantía máxima del anexo V, que actúa como techo de este nivel adicional.
El anexo V, con las cuantías máximas de las libranzas, queda redactado con los siguientes importes mensuales para la libranza de asistencia personal:
- Grado III: 747,25 euros.
- Grado II: 445,30 euros.
- Grado I: 313,50 euros.
Complemento adicional y especial dedicación
Para la libranza de asistencia personal, el complemento adicional de la Comunidad Autónoma se eleva hasta 2.233 euros mensuales en los grados III y II. En los casos de especial dedicación, el importe se incrementa hasta 2.485 euros mensuales.
El incremento se aplica cuando así se reconozca en el Programa individual de atención (PIA) y se acredite la prestación de, al menos, un 10 % de la intensidad horaria en períodos de especial dedicación, como:
- vacaciones y fines de semana;
- festivos;
- períodos nocturnos entre las 22.00 y las 7.00 horas;
- estancias temporales fuera de la comunidad autónoma por un máximo de dos meses.
Aplicación de oficio
La actualización con el incremento de las nuevas cuantías se realizará de oficio en los departamentos territoriales de la Consejería de Política Social e Igualdad, con el fin de agilizar la efectividad de la medida. La orden, firmada por la consejera Fabiola García Martínez, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOG y producirá sus efectos económicos a partir del 1 de mayo de 2025.
La norma se enmarca en el nivel adicional de protección que, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, puede establecer cada comunidad autónoma, y que en Galicia se desarrolla bajo el Sistema de servicios sociales regulado en la Ley 13/2008, de 3 de diciembre.
Relevancia
La actualización beneficia a las personas en situación de dependencia que reciben asistencia personal y a sus familias, en un contexto de aumento de los costes salariales del personal asistencial. Al aplicarse con efectos retroactivos desde mayo de 2025, la subida implica además la regularización de las cuantías percibidas en este período, lo que refuerza el poder adquisitivo de las personas beneficiarias y el reconocimiento del trabajo de cuidado.
Fuente: Diario Oficial de Galicia (DOG), núm. 153, 14 de agosto de 2026, sección I. Disposiciones generales, pág. 44566 (referencia oficial: CVE-DOG: mjt27u72-6us3-8kd9-mt77-draohnyzxjg1).