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Diario Oficial de Galicia · 30 Sep 2026 · 20 vistas

La Xunta declara de interés gallego a la Fundación Antela da Limia

Por FactBox Admin

A Xunta declara de interese galego a Fundación Antela da Limia

La Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático declaró de interés gallego a la Fundación Antela y ordenó su inscripción en el Rexistro de Fundacións de Interese Galego. La decisión recoge la Resolución del 22 de septiembre de 2026, de la Secretaría Xeral Técnica del departamento, publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) núm. 186, del 30 de septiembre de 2026, en la sección III, Otras disposiciones, pág. 50694 (referencia oficial CVE-DOG: brfl2nu9-wk27-st61-m696-iil2pxymxgq5). La entidad tiene su sede en San Cibrao das Viñas (Ourense) y centra su actividad en la restauración de la Lagoa de Antela y de las vegas inundables de la Limia.

La resolución llega después de que la Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes clasificase la fundación de interés para la defensa del medio natural de Galicia mediante la Orde del 21 de agosto de 2026, publicada en el DOG núm. 163, del 28 de agosto de 2026 (referencia CVE-DOG: eeu6jlk4-2ll4-kqx0-6hw2-iaqn6mvquv19). En aquel momento se acordó adscribir la entidad al protectorado de la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático, que ahora asume formalmente esa función.

El expediente se tramitó al amparo de la Lei 12/2006, del 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y de los reglamentos aprobados por el Decreto 14/2009, del 21 de enero, y por el Decreto 15/2009, del 21 de enero. La competencia de la consellería para dictar la declaración deriva del Decreto 137/2024, del 20 de mayo, de estructura orgánica del departamento.

Una fundación constituida en diciembre de 2025

La Fundación Antela se constituyó mediante escritura pública otorgada el 12 de diciembre de 2025, con el número de protocolo 4199, ante la notaria de Ourense María Isabel Louro García. La solicitud de clasificación, declaración de interés gallego e inscripción la presentó el 15 de enero de 2026 Carlos Díaz Pérez, autorizado por la fundación.

El patronato inicial está integrado por tres personas:

  • Isabel Álvarez Balvís, como presidenta.
  • Marcos Manuel Freán Hernández, como vicepresidente.
  • Serafín Jesús González Prieto, como secretario.

La escritura de constitución recoge la identidad de los fundadores, la dotación, los estatutos y la composición del patronato, mientras que los estatutos fijan la denominación, la dirección, el objeto y la finalidad, las reglas de aplicación de las rentas, el funcionamiento del patronato y las causas de disolución.

Recuperar el complejo húmedo de la Limia

Según el artículo 6 de sus estatutos, la fundación tiene como objeto realizar actividades de conservación de la naturaleza, del paisaje y de los ecosistemas naturales, con su fauna, flora y gea asociadas, así como de estudio y divulgación de los valores naturales y de restauración de espacios degradados. La resolución detalla que se dedica especial atención a:

  • Promover la restauración y recuperación de ríos, zonas húmedas y zonas marginales del antaño gran complejo húmedo conformado por la Lagoa de Antela y las llanuras inundables de la Limia.
  • Contribuir a la conservación o recuperación de hábitats y de especies de flora y fauna de conservación prioritaria.
  • Conocer, divulgar y proteger los valores naturales y tradicionales de la Lagoa de Antela y A Limia.

El Gobierno gallego enmarca este objeto en competencias de medio ambiente, conservación del patrimonio natural, promoción del paisaje y protección de las aguas.

Protectorado, obligaciones y vía de recurso

Con la inscripción, la fundación queda sometida a la normativa de fundaciones de interés gallego y, en particular, a las obligaciones de dar publicidad suficiente de sus objetivos y actividades, de no tener ánimo de lucro en la prestación de sus servicios y de presentar anualmente la documentación contable y el plan de actuación ante el protectorado, ejercido por la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático.

La resolución, firmada por la secretaria general técnica Mª Carmen Bouso Montero, no pone fin a la vía administrativa: contra ella puede interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Medio Ambiente e Cambio Climático en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, conforme a los artículos 121 y 122 de la Lei 39/2015, do 1 de outubro.

La declaración da cobertura jurídica y fiscal propia de las fundaciones de interés gallego a un proyecto que aspira a recuperar uno de los grandes complejos húmedos desaparecidos de Galicia. Para el rural ourensano y el sector ambiental, la inscripción abre la puerta a que la entidad concurra a programas públicos de restauración y a que su plan de actuación quede bajo supervisión de la Xunta.


Fuente: Diario Oficial de Galicia (DOG), núm. 186, do 30 de setembro de 2026, sección III, páx. 50694 (referencia oficial: CVE-DOG: brfl2nu9-wk27-st61-m696-iil2pxymxgq5).