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BOP de A Coruña · 21 Oct 2026 · 3 vistas

La Diputación amplía el POS+Adicional 4/2026 con 25 millones de euros

Por FactBox Admin

A Deputación amplía o POS+Adicional 4/2026 con 25 millóns de euros

La Deputación Provincial da Coruña amplió el POS+Adicional 4/2026 con una aportación provincial de 25.000.000,00 euros destinada a los 93 ayuntamientos de la provincia. El pleno extraordinario del 14 de octubre de 2026 aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos 5/2026 y dio luz verde a la modificación de las bases del Plan único de ayuntamientos para añadir la base 15, que regula este nuevo plan adicional y sus anexos. El extracto de los acuerdos se publica en el Boletín Oficial da Provincia da Coruña número 201, del 21 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026/6677.

El texto íntegro de la base 15 y de los anexos XXVII y XXVIII se publicó en el BOP número 197, del 15 de octubre de 2026, bajo la referencia 2026/6641, con las firmas del presidente Valentín González Formoso y del secretario general Miguel Iglesias Martínez. La modificación se añade a las bases del POS+2026 que el pleno aprobó el 28 de noviembre de 2025 y que se publicaron en el BOP número 231, del 2 de diciembre de 2025, elaboradas al amparo de la ordenanza provincial aprobada el 24 de noviembre de 2023 (BOP número 227, del 28 de noviembre de 2023, en relación con el BOP número 53, del 14 de marzo de 2024).

El nuevo plan adicional se suma al resto de aportaciones provinciales del ejercicio: 33.000.000,00 euros del POS+2026 base, 35.000.000,00 euros de la aportación de 2025 consignada en el expediente de modificación de créditos 6/2025, 8.000.000,00 euros del POS+Adicional 1/2026 para gastos sociales extraordinarios y 12.000.000,00 euros del POS+Adicional 3/2026 para reducción de deuda o gasto corriente.

Tres destinos posibles para los fondos

Los ayuntamientos podrán aplicar la aportación asignada a cualquiera de los tres objetos previstos en la base 15:

  • Gastos corrientes del ayuntamiento de todo el año 2026, distintos de los ya financiados con el POS+2026 base y con los adicionales del ejercicio.
  • Reducción de la deuda de los ayuntamientos con la diputación por la utilización del préstamo provincial del Plan de ahorro e inversión (PAI) de 2015 y 2016 y del POS+ de 2017 a 2023, conforme a la definición de la base 14.
  • Inversiones financieramente sostenibles, según el apartado específico de la base 2.2.

El reparto entre los 93 municipios se realiza con los criterios de la base 4.1 del POS, los mismos que rigen el resto de los planes provinciales.

Dos plazos y tramitación telemática

El POS+Adicional 4/2026 se tramita en dos fases y cada ayuntamiento puede participar en una o en las dos:

  • Primera fase, para gastos corrientes y reducción de deuda: presentación de documentación entre el 19 y el 30 de octubre de 2026 a las 15:00 horas.
  • Segunda fase, para inversiones financieramente sostenibles y reducción de deuda: entre el 2 de noviembre y el 30 de diciembre de 2026 a las 15:00 horas.

Las solicitudes se presentarán a través de la plataforma SUBTEL, con la certificación del acuerdo plenario en el modelo del Anexo XXVII para la primera fase y en el del Anexo XXVIII para la segunda, acompañadas de los informes de la Intervención o Secretaría-Intervención. Si un ayuntamiento no presenta la solicitud en plazo, la diputación destinará la aportación asignada y no aplicada a minorar su deuda con los planes provinciales de 2015 a 2023 y, de restar importe o no existir deuda, a financiar gastos corrientes de servicios obligatorios.

Condición suspensiva y tramitación presupuestaria

La aportación de 25.000.000,00 euros se consignará previsiblemente en las aplicaciones presupuestarias 0430/4592/46201 y 0430/4592/76201 a través del expediente de modificación de créditos 5/2026. La aprobación de la modificación de las bases queda sometida a la condición suspensiva de la entrada en vigor de dicho expediente, de modo que no se podrá realizar ningún acto que suponga compromiso provincial de trascendencia presupuestaria mientras no se cumpla. Para la segunda fase, con inversiones financieramente sostenibles o reducción de deuda, será preciso aprobar en su momento un nuevo expediente de modificación de créditos que consigne la aportación en los programas del capítulo VII o del capítulo IV correspondientes.

El propio expediente de modificación de créditos 5/2026 aparece publicado en el BOP número 197, del 15 de octubre de 2026, con la referencia 2026/6644: queda de manifiesto en la Secretaría de la diputación durante quince días hábiles desde el día siguiente al de la publicación, y se entenderá definitivamente aprobado de no presentarse reclamaciones, conforme al artículo 20.1 del Real decreto 500/1990 y al artículo 177.2 del Texto refundido de la ley reguladora de haciendas locales.

La ampliación cierra el cuadro de planes provinciales de 2026 y da a los ayuntamientos un nuevo margen de financiación para gasto corriente, alivio de la deuda o inversión sostenible, con un calendario ajustado: la primera fase resuelve en apenas once días naturales y obliga a los municipios a tener el acuerdo plenario cerrado antes de final de octubre.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia da Coruña, núm. 201, 21 de outubro de 2026, Administración Local, páx. 1 (referencia oficial: 2026/6677).