FactBox.

Butlletí Oficial de les Illes Balears · 13 Aug 2026 · 8 vistas

350.000 euros en ayudas a los ayuntamientos para dinamizar el comercio de Ibiza

Por FactBox Admin

El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza, en sesión extraordinaria de 11 de agosto de 2026, ha aprobado la convocatoria de ayudas a los ayuntamientos para el fomento del comercio y la artesanía local y el emprendimiento empresarial en la isla, con una dotación máxima de 350.000 euros. La resolución se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 101, de 13 de agosto de 2026, dentro de la Sección III de otras disposiciones y actos administrativos (documento núm. 8171).

Las ayudas cubren las acciones públicas de dinamización comercial y artesanal y de fomento del emprendimiento realizadas entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, ambos incluidos. El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia sin concurso: las solicitudes se atenderán por orden de entrada hasta agotar el crédito asignado a cada municipio. La dotación, prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2028 (aprobado por acuerdo del Consejo Ejecutivo de 12 de diciembre de 2025, publicado en el BOIB núm. 2, de 31 de enero de 2026), va a cargo de la aplicación presupuestaria 4220.46204, con retención de crédito núm. 2/2026000000271, y consta en el expediente núm. 2026/00004627-V.

Cómo se reparten los fondos

El reparto se hace por distribución proporcional directa: un 60 % según el porcentaje comercial de cada municipio, de acuerdo con el Censo Comercial de junio de 2018 encargado por el Consejo, y un 40 % según el número de habitantes (INE 2025). Los importes máximos por ayuntamiento son:

  • Ibiza: 154.214,20 €
  • Santa Eulalia del Río: 83.722,10 €
  • San Antonio Abad: 55.684,30 €
  • San José: 46.248,30 €
  • San Juan Bautista: 10.131,10 €

Si un ayuntamiento no agota su crédito, la cuantía sobrante se reparte proporcionalmente entre el resto de municipios. La subvención financia hasta el 65 % de los gastos subvencionables y es compatible con ayudas de otras entidades públicas o privadas, pero no con otras ayudas otorgadas por el mismo Consejo Insular de Ibiza.

Actividades y gastos subvencionables

Son objeto de ayuda las acciones de dinamización del comercio local, la mejora de la imagen y la formación del sector, el fomento de la artesanía y el impulso del emprendimiento. Entre los gastos financiables se encuentran:

  • Estudios y programas de actuación comercial con incidencia directa en la dinamización o la catalogación del comercio emblemático.
  • Actividades de formación comercial, presenciales o digitales, y acciones de comunicación, publicidad, animación comercial y escaparatismo.
  • Implantación de plataformas de comercialización y páginas web para zonas comerciales.
  • Desarrollo de mercados y ferias comerciales o artesanales y eventos de fomento del emprendimiento y el empleo.
  • Material promocional y gastos derivados del cumplimiento de la normativa de residuos para eliminar plásticos.

En las ferias artesanales, al menos el 60 % de los participantes deben disponer de la carta de artesano o maestro artesano del Consejo, o tenerla en trámite. Quedan excluidos los gastos de obra, la adquisición de equipamiento inventariable, el alquiler de locales, el IVA recuperable, los gastos de personal propio de la entidad y los relativos a la incentivación del consumo de productos de segunda mano.

Plazos y tramitación

Las solicitudes, con el modelo normalizado del anexo 1 y la documentación justificativa (informe de Intervención y certificaciones de la secretaría de cada corporación), se presentarán en la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza, dirigidas al servicio de Industria del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos. El plazo de presentación será de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB, del que depende la eficacia de la convocatoria.

La comisión evaluadora designada en la resolución está integrada por Marta Díaz Pascual (presidenta titular), Conchita Rebollo Laserna (presidenta suplente), Isabel Navas Rubio (secretaria titular), Eulalia Guasch Torres (secretaria suplente) y los vocales Nuria del Río Pinto, Iván Romera Gómez, María Goretti Costa Ferrer, José Antonio Ribera Reyes, Rebeca González-Moro y Carmen Torres Roig. El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses a contar desde la publicación del extracto, y el pago se realizará por transferencia bancaria una vez emitida la resolución definitiva de concesión.

La convocatoria refuerza el papel de los ayuntamientos como dinamizadores del comercio de proximidad, la artesanía tradicional y la creación de empresas en la isla, con criterios de reparto objetivos basados en el peso comercial y demográfico de cada municipio. Los comercios, artesanos y emprendedores de Ibiza serán los destinatarios finales a través de las acciones que impulsen sus consistorios durante el período subvencionable.


Fuente: Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), núm. 101, de 13 de agosto de 2026, Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos, pág. 44589-44598 (referencia oficial: documento núm. 8171).