Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 01 Sep 2026 · 2 vistas
320.000 euros para una bioseguridad ganadera contra la tuberculosis
Por FactBox Admin

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación ha abierto una convocatoria de ayudas de 320.000 euros para financiar la instalación de infraestructuras de bioseguridad en explotaciones ganaderas de las especies bovina, ovina, caprina y equina, dentro de la lucha contra la tuberculosis. La convocatoria se aprueba mediante la Resolución ARP/3076/2026, de 4 de agosto, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9742, del 1 de septiembre de 2026, y firmada por el consejero Òscar Ordeig i Molist.
La convocatoria deriva de las bases reguladoras aprobadas por la Orden ARP/134/2025, de 31 de julio, modificada por la Orden ARP/128/2026, de 29 de junio. Las ayudas, de régimen de minimis, se rigen por el Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión y no requieren notificación a la Comisión Europea. La concesión se tramita en régimen de concurrencia competitiva, con el Servicio de Sanidad Animal como órgano instructor y la Dirección General de Agricultura y Ganadería como órgano resolutor.
Objeto y cuantía de las ayudas
El objeto de la subvención es financiar los gastos generados por los titulares de explotaciones ganaderas para realizar inversiones que mejoren los sistemas de bioseguridad y minimicen el contacto con la fauna salvaje, dentro de la lucha contra la tuberculosis. La cuantía máxima de 320.000 euros se reparte de la siguiente manera:
- 300.000 euros para explotaciones de rumiantes (bovino, ovino y caprino), de los cuales 240.000 euros se destinan a las actuaciones de los puntos 9.1 a 9.8 y 60.000 euros a los puntos 9.9 y 9.10.
- 20.000 euros para explotaciones de équidos, para cubrir las actuaciones de los puntos 9.1 a 9.10.
El importe de la subvención puede llegar hasta el 80% del presupuesto de la actividad, con un máximo de 20.000 euros por persona beneficiaria. La cantidad total de ayudas de minimis que puede recibir una empresa no puede superar los 50.000 euros en un periodo de tres años.
Actuaciones subvencionables
Las actuaciones subvencionables consisten en la adquisición e instalación de elementos destinados a reducir el contacto del ganado con la fauna salvaje:
- Abeberaderos fijos o móviles, con una altura mínima de 60 centímetros y sistemas para evitar derrames.
- Acondicionamiento de abeberaderos y captaciones de agua existentes, o construcción de captaciones nuevas.
- Comederos fijos o móviles, con una altura mínima de 60 centímetros.
- Vallas de protección sanitaria, con una altura mínima de 1,60 metros y enterradas al menos 20 centímetros.
- Mangas de manejo (una por titular) y collares GPS.
- Lectores de chips (uno por titular).
Plazo, zonas prioritarias y valoración
Las solicitudes se deben presentar de manera telemática en la Sede electrónica en un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución. Las actividades deben haber sido ejecutadas dentro de los tres años anteriores al inicio del periodo de solicitudes.
La valoración prioriza las explotaciones ubicadas en las zonas de mayor riesgo por contacto con la fauna salvaje, que incluyen términos municipales de las comarcas del Pallars Sobirà, Pallars Jussà, Alt Urgell, Baix Ebre, Terra Alta, Montsià y Solsonès. Se suman puntos adicionales para agricultores profesionales, explotaciones agrarias prioritarias y jóvenes agricultores.
La convocatoria refuerza la estrategia sanitaria del Govern contra la tuberculosis bovina, una enfermedad que obliga a aplicar restricciones y vacíos sanitarios en las explotaciones afectadas. Para los ganaderos, estas ayudas reducen el coste de las inversiones en bioseguridad y ayudan a mantener la competitividad del sector en un contexto de control sanitario creciente.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), núm. 9742, 1 de septiembre de 2026, sección Otras disposiciones (referencia oficial: Resolución ARP/3076/2026, CVE-DOGC-A-26240018-2026).